Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Tribunales

Niegan a una joven adoptada los datos para conocer a sus padres

Una mujer de Eivissa exigía a la clínica que le facilitara la identidad de sus progenitores

Una joven que reside en Eivissa, que hace poco tiempo que descubrió que fue una niña adoptada, no podrá de momento acceder a la información que podría facilitarle conocer la identidad de sus progenitores. Las autoridades sanitarias se negaron a facilitarle estos datos, por cuanto afectan a terceras personas. Los tribunales han determinado que la mujer no ha utilizado el mecanismo legal establecido para conseguir su propósito. Por ello, los jueces, de momento, han dado la razón a las autoridades sanitarias de Balears.

La Audiencia de Palma ha tenido que pronunciarse sobre la demanda que ha presentado esta mujer, que el pasado mes de noviembre presentó una solicitud de diligencias preliminares contra el Área de Salud de Eivissa, dependiente del Govern balear, y contra el hospital de Can Misses. La mujer había nacido en el antiguo ambulatorio de la ciudad, hoy convertido en el área de Salud de Eivissa y Formentera. Hacía poco tiempo que descubrió que había crecido en una familia adoptada y ahora su deseo era conocer a sus padres biológicos. Además, tenía la intención de plantear una reclamación de paternidad hacia su familia natural. Esta solicitud de información sanitaria fue denegada por el hospital público. Para no entregar el historial clínico de la madre, las autoridades sanitarias citaban la ley que regula la autonomía del paciente y sus derechos en materia de información. Esta norma determina las condiciones al acceso a la historia clínica de un paciente con fines judiciales, epidemiológicos, de salud pública, de investigación o de dolencia. Esta regulación se establece por la ley de protección de datos de carácter personal. La norma señala que el acceso a la historia clínica "obliga a preservar los datos de identificación personal del paciente, separados de los de carácter clínica asistencial. De esta forma, "se asegura el anonimato, salvo que el propio paciente haya dado su consentimiento para no separarlos".

Protección de datos

En este sentido, se indica que la ley de protección de datos incide que solo con el consentimiento "expreso y por escrito del afectado" podrán ser objeto de tratamiento los datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión y creencia. Los datos de carácter personal que hagan referencia "al origen racial, a la salud y a la vida sexual solo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga una ley o el afectado consienta expresamente". Bajo este paraguas legal, las autoridades sanitarias sostenían que el acceso de una persona a la historia clínica y a la información que consta en la misma, se encuentra limitado respecto a los datos de terceras personas. Por eso se concluyó que el acceso al historial clínico de los padres de esta joven de Eivissa podría verse afectado por la confidencialidad, por lo que se rechazó la propuesta.

El tribunal de la Audiencia confirma la decisión, no porque la mujer no tenga derecho a conseguir esta información, sino porque no lo ha hecho a través del procedimiento adecuado. El auto del tribunal recuerda que, a través de una reforma legal que se aprobó el año pasado, existe un procedimiento arbitrado para la obtención de la historia clínica donde nació esta mujer. Este precepto legal, que hace referencia a la adopción, señala que las entidades públicas asegurarán la conservación de la información de que dispongan relativa a los orígenes de un menor. Información que hará referencia a la historia médica del niño y de su familia. Esta conservación se produce con el único propósito de que la persona que fue adoptada pueda conocer sus orígenes familiares. "Las entidades públicas, previa notificación a las personas afectadas, prestarán el asesoramiento y la ayuda que precisen para hacer efectivo ese derecho", recuerda la resolución.

Compartir el artículo

stats