Tribunales

Condenados por expoliar y dañar un yacimiento arqueológico romano de Burgos de 2.000 años de antigüedad

Los cuatro procesados deberán pagar 1.620 euros de multa por causar destrozos en el yacimiento de La Mesa, en Burgos

Cuando fueron detenidos por la Guardia Civil les requisaron detectores de metales con los que buscaban objetos de valor

Imágenes del patrimonio arqueológico de Belorado expuestas en el museo de la localidad.

Imágenes del patrimonio arqueológico de Belorado expuestas en el museo de la localidad. / EPE

Roberto Bécares

Cuatro individuos han sido condenados a pagar 1.620 euros de multa cada uno por expoliar y causar destrozos en el yacimiento arqueológico de La Mesa, en Burgos, donde se realizan desde hace años excavaciones sobre un asentamiento romano de entre el siglo I y II después de Cristo. Así lo establece una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos que confirma la condena anterior impuesta por el juzgado de lo Penal número 2 de la citada provincia. 

Los hechos sucedieron el 24 de marzo de 2019, cuando las cuatro personas, equipadas con detectores de metales, azadillas y otros aperos de labranza, y vestidos con monos de trabajo y botas de monte, entraron en varias parcelas del yacimiento, situado en el valle alto del río Tirón, en la región conocida como Riojilla burgalesa.

Tras inspeccionar el suelo y el subsuelo con los detectores comenzaron a realizar pequeñas excavaciones donde podía encontrarse algún resto metálico. Su objetivo era hallar objetos de especial valor histórico en el que fuera una notable ciudad rural de unas 20 hectáreas de extensión para apoderarse de ellos sin autorización

Hoyos

Para lograrlo fueron marcando el terreno con piedras superpuestas una encima de otra y con cintas de plástico para señalizar los lugares por donde transitaban. Cuando fueron pillados por agentes del Seprona de la Guardia Civil, los acusados habían realizado seis hoyos de entre diez y 20 centímetros de diámetro y unos 10 centímetros de profundidad que formaron una línea imaginaria prácticamente recta y perpendicular al camino de acceso a las parcelas. 

Con estas catas con las que rastrearon varias zonas, los individuos causaron daños "a la secuencia estratigráfica del terreno", dificultando así el estudio científico "reglado de la misma", tal y como recoge la sentencia de la Audiencia Provincial, fechada el 6 de noviembre de 2023 y a la que ha tenido acceso El Periódico de España, del mismo grupo editorial que este diario.  

Los cuatro acusados no consiguieron obtener ningún objeto de valor histórico o arqueológico especialmente relevante ya que fueron detenidos a las 3.20 de la madrugada cuando estaban en dos vehículos, un Opel Vectra y un Citroen Xsara Picasso, a 300 metros de las excavaciones, situadas al oeste de la población de Belorado. 

Los individuos tenían los monos de trabajo y las botas de montes puestas con restos de tierra fresca. En el interior de los vehículos, estaban las azadas y el resto de aperos que presentaban también signos de acabar de ser usados.  

Multa

La sentencia de primera instancia condenó a los cuatro acusados como autores penalmente responsables de un delito sobre el patrimonio histórico en la modalidad de actos de expolio a la pena de multa de nueve meses, con una cuota diaria de seis euros, lo que hace un total de 1.620 euros. 

Los cuatro condenados recurrieron la sentenca, alegando, entre otras cosas, que se había vulnerado el principio acusatorio, se había errado en la valoración de la prueba en la tipificacion penal de los hechos "al no caber la tentativa en el delito de expolio sentenciado". 

En su sentencia, la Audiencia Provincial ratificó el fallo y recordó que los cuatro acusados eran conocedores de la existencia del yacimiento y su carácter protegido, "principalmente por la existencia de carteles indicativos y por ser vecinos de la zona o residir temporadas otener vínculos con ella".

La vulneración del artículo 323 del Código Penal, que castiga a quien cause daños o expolie "bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental,o en yacimientos arqueológicos, terrestres o subacuáticos", establece penas de prisión de seis meses a tres años y multas de hasta 24 meses. En este caso, la sanción no procedió a exceder los nueve meses porque, aprecia el órgano instructor y luego confirma la Audiencia, el número de hoyos realizados "no es muy elevado" y los encausados no tenían antecedentes por conductas similares.