­La Audiencia de Palma ha absuelto a un guardia civil que arrojó por el retrete 48 pastillas incautadas la noche del 5 de junio de 2015 en un camino a las afueras de Cala Rajada, en Capdepera, ante las dudas surgidas sobre la intención del agente al deshacerse de los comprimidos y debido a la ausencia de prueba de cargo suficiente para aseverar que su pretensión era mantener oculto el hecho delictivo. Así, el tribunal de la sección primera ha exonerado al guardia civil de encubrimiento y omisión del deber de perseguir delitos por funcionario público.

La sala también ha absuelto a otros dos jóvenes que compraron las 48 pastillas y que estaban acusados de un delito contra la salud pública, ya que no consta que los comprimidos fueran analizados ni que se tratase de éxtasis. Por tanto, no existe prueba alguna de la verdadera naturaleza y composición de las píldoras intervenidas ni tampoco del destino que se les iba a dar. Los dos sospechosos, defendidos por el letrado Gaspar Oliver, reconocieron que compraron las pastillas el 5 de junio de 2015 y que para ellos eran éxtasis para su consumo propio, pero no llegaron a probarlas, ya que esa noche cuando iban en un coche por el camino de la depuradora vieron a una patrulla de la Guardia Civil y arrojaron la bolsa con los comprimidos por la ventana.

El agente encausado, defendido por Vicente Campaner, recogió la bolsa, la trasladó al cuartel de Artà y realizó el recuento de las píldoras, sin analizar las sustancias. Fotografiaron los comprimidos y los tres guardias de la patrulla firmaron una diligencia de exposición de hechos, que no se aportó al expediente. Luego, el acusado rellenó la papeleta de servicio en el cuartel, si bien no anotó el hallazgo de las pastillas ni tampoco realizó el acta de aprehensión de la droga. El guardia civil guardó las píldoras en su taquilla, en vez de en el lugar reglamentario, y a los 15 días, al no haber podido resolver de quién eran las pastillas, las tiró al váter para no quedar mal ante sus superiores ya que no había seguido el protocolo correspondiente. Según la sala, no quiso tapar el delito, sino "ponerse una medalla", como él alegó, u ocultar sus propios errores. "Es indudable que no actuó debidamente", destaca la sentencia, pero no toda irregularidad ni omisión de dar cuenta al superior integra ese delito.