La Audiencia de Palma es muy contundente con el comportamiento de los dos guardias civiles condenados. Respecto al agente que consintió los actos del cabo, destaca que su opción fue "no hacer nada y dejar la acción seguir su curso, dejar que la víctima padeciera un abuso impropio del cuerpo al que pertenece (que añadió humillación por el estupor que uno siente al comprobar que precisamente los agentes llamados a protegerle se comportan de tal guisa), y permitir la impunidad de todo ello, así como la eventual repetición del comportamiento vil". La sentencia también señala: "El agente permitió que despreciables acciones como éstas se perpetren y continúen perpetrándose".