Nada cambia, por el momento, por lo que respecta a la situación legal del monolito de sa Feixina. La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), en un auto del pasado día 27 de julio, mantiene la suspensión de la demolición del monumento al crucero Baleares, dictada como medida cautelar por el juzgado de lo contencioso número 3.

La decisión, no obstante, se mantendrá hasta que este juzgado haya resuelto sobre el fondo del recurso presentado por la asociación de vecinos y amigos de Santa Catalina.

Esta asociación recurrió el acuerdo del Consell de Mallorca del 18 de julio del año pasado, en el que se acordó no declarar como Bien Catalogado el monolito de sa Feixina.

También recurrió la decisión de dar de baja al monumento por parte de la Comunitat Autònoma en la inscripción provisional del catálogo general del Patrimonio Histórico de Balears. Esta decisión fue apelada ante el Tribunal Superior tanto por el Consell de Mallorca como por el Ayuntamiento de Palma.

La sala de lo contencioso administrativo les ha dado la razón en parte, aunque mantiene la suspensión del punto que ordena dar de baja la inscripción provisional del monolito en el catálogo general.

Por ello, en la práctica, el Ayuntamiento de Palma.

Pese a lo anterior, la situación legal del monumento se ha simplificado, aunque continuará enmarañada por recursos y contrarrecursos incluso después de que se haya pronunciado en cualquiera de los sentidos posibles el juzgado de lo contencioso administrativo número tres.

El Ayuntamiento de Palma ha desistido de continuar litigando contra la decisión del Consell de Mallorca que supuso reabrir, a petición de Arca y otras entidades, el expediente de protección del monolito.

Según el concejal de Cultura de Cort, Llorenç Carrió, este recurso habría perdido su razón de ser por cuanto el Consell finalizó la reapertura del expediente con el acuerdo de la no catalogación.