Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Urbanismo

Cort prohíbe las grandes superficies por la unión de solares residenciales

El pleno aprobará definitivamente también que se pueda construir en la totalidad de los patios interiores del Eixample

En Son Vida se propiciaron viviendas de cinco plantas en solares en los que solo se permiten dos. m. mielniezuk

La construcción de grandes superficies comerciales por la unificación de solares unifamiliares de uso residencial, que ha posibilitado desde 2004 su existencia en barriadas del extrarradio de la ciudad, estará definitivamente prohibida en Palma.

La gerencia de Urbanismo celebrada ayer aprobó definitivamente la modificación de doce normas urbanísticasmodificación de doce normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), para retrotraer su contenido a 1998, tras rechazar la práctica totalidad de las alegaciones presentadas por particulares, el PP, el colegio de Ingenieros y la Caeb, entre otras entidades.

La supresión de la posibilidad de conceder licencia de gran superficie por la unión de solares unifamiliares se ha conseguido rescatando la obligación de que el uso principal del solar (el residencial) sea al menos del 55% del total.

En 2004 se eliminó este porcentaje, lo que posibilitó que se pudieran conceder licencias porque el uso residencial es compatible con el comercial, aunque estaba pensado para autorizar pequeños comercios en plantas bajas.

Se prevé que el pleno del próximo mes de junio se aprueben definitivamente estas modificaciones, que también permitían la construcción de la totalidad de los patios interiores de manzana en el Eixample.

Igualmente, los cambios introducidos en 2004 permitían la ocupación de la totalidad del sótano de los solares en las zonas previstas para edificaciones aisladas, eliminando así la obligación de ajardinar, como mínimo, la mitad del espacio libre interior.

De esta forma, se volverá a la interpretación de la norma existente en 1998, según la cual solo se permitía ejecutar el sótano en el 40% de la parcela, porcentaje que coincidía con la superficie que se podía edificar. Según el gerente de Urbanismo, Joan Riera, en este punto se ha aceptado una enmienda por la cual se permite que el sótano ocupe un 15% más con el fin de facilitar su uso como estacionamiento subterráneo.

Otro cambio obligará a las edificaciones construidas en una pendiente a ocupar solo la edificabilidad prevista en el Plan General y no la que posibilitaba la interpretación de la normativa en 2004, que ahora se anula, y que posibilitó en zonas con grandes pendientes como Son Vida la construcción de edificios escalonados de hasta cinco alturas en solares en los que solo se puede edificar una planta baja más un piso.

En noviembre de 2016 el pleno procedió a la aprobación inicial de estos cambios.

Compartir el artículo

stats