Democracia defensiva

Las democracias tienen derecho a defenderse de quienes tratan de subvertir el espíritu constitucional para cancelar derechos fundamentales

El expresidente de EEUU Donald Trump

El expresidente de EEUU Donald Trump / Sonia Moskowitz Gordon/ZUMA Pres / DPA - Archivo

Antonio Papell

Antonio Papell

Los regímenes democráticos parlamentarios occidentales forman espacios acogedores en los que cabe holgadamente el pluralismo político, en su sentido más amplio. Pero, como es lógico, las democracias tienen derecho a defenderse de quienes tratan de subvertir el espíritu constitucional para cancelar derechos fundamentales o para instaurar un modelo autoritario que coarte las libertades básicas aprovechando la libertad consagrada por la legalidad vigente. En cualquier caso, las constituciones de esas democracias parlamentarias son abiertas, lo que significa que incluyen en su parte dispositiva el método para proceder a su reforma, de manera que nadie pueda aducir que el sistema encorseta a sus habitantes o que les impide intentar otras distintas.

La capacidad defensiva de las democracias fue, como es lógico, intensamente establecida en Alemania y en Italia –países del Eje- tras la Segunda Guerra Mundial. La República Federal de Alemania inició en 1945 un proceso de desnazificación para extirpar cualquier resto de nacionalsocialismo. La Ley Fundamental de 1949 prohíbe explícitamente la creación de partidos que glorifiquen el nazismo, mientras que su Código Penal castiga severamente los actos de quienes «aprueben, nieguen o minimicen, en público o en una reunión, los actos perpetrados durante la dictadura nazi». Además, el artículo 130 del CP impone penas de entre tres y cinco años por instigar el odio y la xenofobia, así como por poner en peligro la paz pública por razón de religión, raza o creencias. Y el artículo 86 prohíbe símbolos inconstitucionales como la esvástica o –incluso- el bigote de Adolf Hitler, así como negar el Holocausto. Anualmente, el Ministerio del Interior publica una lista de los símbolos ilegales. El Tribunal Constitucional ha fallado en numerosas ocasiones que estos criterios son compatibles con la libertad de expresión.

Por su parte, la Constitución italiana prohíbe la reconstrucción «bajo cualquier forma» del desaparecido Partido Fascista, y varias normas posteriores castigan la apología del fascismo. En concreto, la Ley Scelba de 1952 (por el entonces ministro del Interior, Mario Scelba) estableció la posibilidad de disolver formaciones que compartan los mismos objetivos del partido fundado por Benito Mussolini en 1919, «con finalidades antidemocráticas propias del partido fascista, exaltando, amenazando o usando la violencia como método de lucha política o propugnando la supresión de las libertades garantizadas por la Constitución». Al amparo de dicha norma, han sido disueltos tres partidos, el último el Frente Nacional en el 2000. Además, el artículo 293 bis del Código Penal prevé penas de hasta cuatro años de prisión para los delitos de «apología del fascismo» y «reconstrucción del partido fascista». Finalmente, «la propaganda referida al régimen fascista y nazifascista» y «la simbología y gestualidad del partido fascista y del partido nacionalsocialista alemán y sus relativas ideologías» son castigadas con hasta dos años de cárcel.

En los Estados Unidos existe una cautela defensiva muy relevante, que se ha desenterrado con ocasión de los excesos golpistas de Donald Trump: la «sección 3» de la enmienda 14 de la Constitución prohíbe a quienes han «participado en una insurrección o rebelión» contra el país, ocupar cargos federales.

La mayor parte de estas prevenciones defensivas ha tenido carácter discreto y hasta anecdótico hasta hace poco. Se han cortado determinados brotes ultra pero las disposiciones precautorias han desempeñado sobre todo un papel disuasorio. Sin embargo, de un tiempo esta parte, el ascenso de los populismos y el franco desarrollo de posiciones de extrema derecha en Europa y en América del Norte están abriendo paso a reacciones de sana indignación que piden actuar en consecuencia. En concreto, en Alemania crece la corriente de opinión encaminada a ilegalizar Alternativa para Alemania (AfD), con vínculos nazis explícitos. Y en Estados Unidos, el Tribunal Supremo de Colorado ha inhabilitado a Trump por haber participado en el golpe de mano con el que se intentó invalidar los resultados de las elecciones de 2020, aunque todavía el Supremo federal ha de convalidar esta decisión. Estamos al comienzo de en proceso de autodefensa que nadie sabe cómo concluirá pero que nos obliga a todos a estar alerta frente a las amenazas de nuevos poderosos totalitarismos contra nuestro libérrimo modelo de vida.

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