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Continuidad monárquica

La institución monárquica, consciente de su trascendente responsabilidad ante la ciudadanía, acaba de asegurar al Estado el ingrediente decisivo de su propia continuidad biológica. El Príncipe de Asturias ha tenido descendencia de su esposa Letizia. La niña se llamará Leonor. Y para que llegue un día a reinar, antecediendo a sus futuros hermanos varones y superando por tanto el anacronismo constitucional que da preferencia al varón sobre la mujer, como desean la sociedad de este país y la propia Familia Real, será preciso reformar el artículo 57 de la Carta Magna.

Como es conocido, esta reforma es una de las cuatro que el Partido Socialista llevaba en su programa electoral cuando ganó las elecciones de marzo del pasado año. Con la particularidad de que, al pertenecer al núcleo reforzado de constitucionalidad, su reforma ha de hacerse por el procedimiento especial del artículo 168 que requiere mayoría parlamentaria de dos tercios, disolución de las Cámaras, aprobación por idéntica mayoría y referéndum constitucional. Y, como es natural, todo ello ha desencadenado hace ya tiempo un debate, ciertamente más técnico que político, sobre la conveniencia y la oportunidad de llevar a cabo la reforma. En términos estrictamente políticos, la reforma no es urgente y podría aplazarse incluso hasta que el Heredero comenzase a reinar y hubiera que investir a un nuevo Príncipe -o Princesa- de Asturias. Pero parece claro que, en términos puramente sociales y familiares, más estéticos que jurídicos, conviene que al nacer los hermanos de Leonor, si es que llegan, ya esté preestablecido constitucionalmente el orden sucesorio.

En consecuencia, nada debería oponerse a que, puesto que parece lógico aprovechar la disolución ordinaria de las Cámaras para celebrar la preceptiva disolución que impone el mencionado artículo 168, los dos grandes partidos estatales concertaran la aprobación de la citada reforma al término de la actual legislatura. Se ha dicho que el referéndum constitucional podría convertirse en un plebiscito sobre la Corona: tampoco ello ha de suscitar preocupación alguna ya que la Monarquía puede permitírselo con toda tranquilidad.

En esta hora ´histórica´, conviene sin embargo, más que abonar un debate técnico-jurídico de interés relativo, subrayar el acierto de la institución monárquica en la conducción de su propia ejecutoria, por comparación con otras monarquías europeas que han mantenido comportamientos francamente impropios, y que muy probablemente aquí no hubieran sido tolerados. Frente a la conducta disipada, frívola, exhibicionista de la familia real británica, incluido el Príncipe de Gales, aquí los Reyes y su núcleo familiar han sabido ganarse y conservar el respeto de la inmensa mayor parte de la ciudadanía. Ello ha sido así por la dedicación al servicio público que han mantenido en todo momento, por la sobriedad, elegancia y precisión de sus actos institucionales, cuidadosamente ajustados al papel que el ordenamiento les confiere. Y por su capacidad para lograr el entrañamiento afectivo con la sociedad, gracias a la identidad de intereses y objetivos. Éstas son al cabo sus garantías de estabilidad y permanencia. Porque ya dejó dicho Séneca que "sólo hay una fortaleza inexpugnable para la defensa del príncipe: el amor del pueblo".

En nuestro país, la institución monárquica, que ha cumplido con creces las funciones estabilizadora y arbitral que los teóricos atribuyen a la monarquía parlamentaria, desempeña además otro papel abstracto que la opinión pública reconoce intuitivamente y valora sin duda: el de representar el vértice unitario de un pluralismo identitario cierto aunque con frecuencia exagerado por la efervescencia de los particularismos. En estos tiempos en que el debate territorial bulle y crepita, la Corona es la referencia indudable de la perspectiva histórica y del sentido común. Por eso sus raíces se han hecho tan profundas.

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