La jueza exonera a Joan Gual de Torrella en dos piezas del caso Puertos

El juzgado levanta el secreto de las actuaciones en las dos causas en las que exonera al expresidente de la Autoridad Portuaria Joan Gual de Torrella y archiva una de ellas, como había pedido la Fiscalía Anticorrupción

Joan Gual de Torrella, en su última comparecencia en los juzgados de Palma.

Joan Gual de Torrella, en su última comparecencia en los juzgados de Palma. / Guillem Bosch

B. Palau

B. Palau

La magistrada de Palma que instruye desde hace cuatro años el caso Puertos, la macrocausa de presunta corrupción, ha descartado indicios de delito en dos piezas que hasta ahora estaban secretas y que hacían referencia a la concesión de astilleros y a la adjudicación para construir un edificio de locales y aparcamientos en el Puerto de la Savina, en Formentera.

El juzgado ha levantado el secreto de las actuaciones en estas dos causas en las que exonera a los dos principales investigados en este macroproceso, el expresidente de la Autoridad Portuaria de Baleares, Joan Gual de Torrella, y el exvicepresidente, Miguel Puigserver y archiva una de las piezas, como había pedido la Fiscalía Anticorrupción de Balears.

Los dos autos judiciales de fecha 27 de marzo de 2024 coinciden al señalar que de las diligencias policiales y judiciales practicadas “no se desprende la concurrencia de indicios sólidos suficientes” para atribuir a los investigados la comisión de un concreto delito contra la administración pública. Las dos piezas judiciales estaban declaradas secretas desde hace tres años y medio, en concreto desde noviembre de 2020.

Por lo que respecta a la concesión de astilleros, el ministerio fiscal presentó un informe solicitando el sobreseimiento de esta pieza separada. En ella se investigaban las presuntas irregularidades en relación a la tramitación de varios procedimientos administrativos de concesión de dominio público vinculados a la actividad de astilleros. Se sospechaba que los máximos responsables de la Autoridad Portuaria en aquel entonces, Joan Gual y Miguel Puigserver, podían haber llevado a cabo maniobras espurias dentro del procedimiento administrativo. Una vez realizadas las investigaciones pertinentes, tanto la fiscalía como el juzgado concluyen que no hay indicios sólidos suficientes para atribuirles un delito en relación a los expedientes administrativos analizados, sobre todo después de la declaración testifical llevada a cabo en el juzgado. Por ello, se acuerda el sobreseimiento provisional de esta pieza separada.

Puerto de la Savina, en Formentera

Mientras, por lo que respecta a la otra, la del Puerto de Formentera, se descarta también que haya indicios de trato de favor y resulta dudosa la existencia de indicios de criminalidad suficiente para continuar con el procedimiento, por lo que se presume que también acabará cerrada. Antes, el juzgado ha dado traslado a la fiscalía para que indique si quiere practicar alguna otra diligencia con carácter previo a la terminación del procedimiento. Esta pieza separada se originó a raíz de la denuncia de un abogado sobre las presuntas irregularidades en la adjudicación de una concesión que tenía por objeto la construcción de un edificio de locales y aparcamientos en el Puerto de la Savina, así como en la resolución de diversas vicisitudes relacionadas con la ejecución de dicha concesión. La denuncia no se limitaba a relatar las supuestas irregularidades administrativas, sino que refería un presunto trato de favor a la empresa concesionaria Sovalgaray Marítima SL por parte del entonces presidente de la Autoridad Portuaria, Joan Gual, y de la asesora del organismo, Dolores Ripoll. El letrado denunciante actuaba en representación de otras entidades como La Savina Urbana SL que había concurrido al mismo concurso y no resultó elegida. El abogado ratificó y amplió su denuncia en el juzgado en diciembre de 2020. Las pesquisas se encaminaron a descubrir si los principales investigados, entre ellos el exvicepresidente Miguel Puigserver, habían dado un trato de favor a le sociedad concesionaria y habían maniobrado para conseguir la retirada de recursos que perjudicaban a esta empresa.

Pesquisas complejas

Tras las diligencias practicadas, el juzgado concluye que no hay indicios sólidos suficientes que confirmen los hechos denunciados por el abogado. El auto destaca que, tras el arduo y complejo trabajo recogido en los informes de la Guardia Civil, “no se aprecia la existencia de irregularidades en dicha tramitación ni la existencia de un trato de favor hacia la entidad Sovalgary Marítima SL ni mucho menos la existencia de resoluciones injustas a sabiendas”, constando las resoluciones dictadas por la Autoridad Portuaria y recurridas confirmadas por el TSJIB y luego por el Tribunal Supremo. Igual ocurre con los indicios de maquinaciones o maniobras posteriores por parte de funcionarios públicos, en los que no hay indicios de criminalidad suficiente. Por tanto, no hay indicios de delito.