«Una buena noticia», según la regidora Neus Truyol, que sienta un precedente a la regulación y avala el PIAT, añade la consellera insultar Maria Antònia Garcias en relación a la sentencia del Tribunal Supremo que avala las limitaciones impuestas por el Ayuntamiento de Bilbao al alquiler turístico. La patronal Habtur, desde el respeto a la resolución judicial, esgrime que es partidaria de una regulación «justa».

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) avala –en una sentencia fechada el 19 de noviembre y hecha pública esta semana– la limitaciones del ayuntamiento bilbaíno que en enero de 2018 aprobó la modificación del Plan General de Ordenación Urbana en lo relativo del uso de alojamiento turístico. Desestima así el recurso de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) que alegaba que la regulación municipal de Bilbao obstaculizaba la competencia efectiva y dañaba el interés general. La CNMC consideraba que la regulación municipal suponía una barrera económica en la entrada y la permanencia de los operadores y propietarios limitando su capacidad de decisión para competir y ofrecer sus productos y servicios.

Por contra, el TS considera que el ayuntamiento bilbaíno en su ordenanza no vulnera la Constitución, ni la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, ni la Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su ejercicio.

La gerente de Habtur, María Gibert, que aclara que la situación de Bilbao dista de la Mallorca porque allí no estaba prohibido el alquiler turístico, señala que la patronal respeta las resoluciones judiciales. «Habtur quiere una regulación justa, ni barra libre para que todos entren sin limitaciones, ni tampoco prohibición total». Pone de ejemplo la regulación del Ayuntamiento de Palma que «protegió la idiosincrasia de la ciudad sin dejar de lado la actividad» del alquiler turístico.

Gibert recuerda que Habtur ha recurrido las normativas de Mallorca y de Palma y en este último caso la sentencia del Tribunal Supremo «debería jugar a favor» porque aquí se prohibió» la actividad en pisos.

Por su parte, la regidora de Modelo de Ciudad, Vivienda Digna y Sostenibilidad, Neus Truyol, considera «una muy buena noticia para garantizar el derecho a la vivienda» que la justicia se pronuncie a favor de las regulaciones y limitaciones al alquiler turístico.

«Los ayuntamientos debemos velar por los derechos fundamentales y limitar los dinámicas económico-especulativas» que los dañan, añade la concejala ecosoberanista. Alega que el alquiler turístico en viviendas, además de la oferta ilegal en el sector, provoca el incremento de precios y problemas de convivencia vecinal, además de que «turistiza el tipo de empresas y comercio de la zona».

Por tanto, Truyol se solidariza con otros municipios que también «quieren poner freno a la especulación con las viviendas y a la turistización de los barrios».

«De manera tangencial» –dice Maria Antònia Garcias, consellera insular de Territorio– el fallo del TS afecta a Mallorca porque sienta jurisprudencia al señalar que los ayuntamientos pueden regular el alquiler turístico y «a nivel territorial nos da la razón con el PIAT (Plan de Intervención en Ámbitos Turísticos)». «Al final es construir ciudad y territorio no por cuestiones aleatorias, sino para hacer urbanismo».

Para Garcias, el TS «va en nuestra línea» de que se puede regular, dice pues el PIAT ha sido recurrido por Habtur,

En Mallorca hay 102.711 plazas de alquiler turístico: 92.736 ETV (Estancias Turísticas Vacacionales) y 9.975 en viviendas turísticas.

Por otro lado, en octubre el INE registró en Balears 43.210 pernoctaciones en apartamentos turísticos, con 7.569 viajeros, el 3,7% del total en España, frente al 12,8% del mismo mes de 2019.