El ministerio de Sanidad ha prohibido desde ayer los velatorios de fallecidos por cualquier causa y limitado a tres personas la asistencia a los entierros y cremaciones para tratar de evitar nuevos contagios de coronavirus. Sanidad considera que en las ceremonias fúnebres es muy complicado cumplir con las medidas de distanciamiento social, por lo que ha optado por estas severas restricciones para combatir la pandemia.

En una orden ministerial publicada en el BOE, Sanidad prohíbe los velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, y en domicilios particulares. El documento detalla que esta prohibición afecta a todos los fallecidos, y no solo a aquellos que estuvieran infectados por Covid-19. El ministerio señala que "debido a las especiales características que rodean las ceremonias fúnebres, es difícil asegurar la aplicación de las medidas de contención y distanciamiento con la separación interpersonal de más de un metro necesaria para limitar la propagación del virus".

Estas nuevas medidas afectan también a los entierros, cremaciones y otros actos de despedida, en los que solo podrán participar como máximo tres familiares o allegados del fallecido y la persona que dirija la ceremonia. En todo caso, se deberá respetar siempre la distancia de uno a dos metros entre ellos. En el caso de las personas fallecidas con coronavirus, Sanidad establece que tampoco se podrán realizar prácticas de tanatoestética ni intervenciones por motivos religiosos que impliquen procedimientos invasivos en el cadáver.

Por otra parte, el ministerio ha fijado que durante el periodo de vigencia del estado de alarma, los precios de los servicios funerarios no podrán ser superiores a los precios vigentes con anterioridad al 14 de marzo de 2020, cuando entró en vigor. En este sentido, las empresas de servicios funerarios deberán facilitar al usuario, con carácter previo a la contratación del servicio, un presupuesto desglosado por cada uno de los conceptos incluidos en el mismo y la lista de precios vigente con anterioridad al 14 de marzo de 2020, aun en el supuesto de que resulte necesario realizar actuaciones específicas como consecuencia de los fallecimientos producidos por causa del coronavirus, señala la orden ministerial.

Inflación

Las familias afectadas por la inflación de precios en los servicios funerarios pueden reclamar la devolución de la diferencia, según afirmó la asociación de consumidores Facua. También señaló que en caso de haber pagado por servicios no recibidos "como consecuencia de las limitaciones establecidas por el Gobierno durante el estado de alarma", las funerarias también deben reembolsar los importes del servicio, como señala la orden del ministerio de Sanidad.

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