La Ley deja el alquiler turístico de pisos en manos de consells y ayuntamientos
La normativa aprobada por el Govern establece sanciones que oscilan entre 20.000 y 40.000 euros para las viviendas ilegales
El proyecto de Ley de Alquiler Turístico, aprobado hoy por el Consell de Govern, delega en ayuntamientos, consells insulares y comunidades de propietrios la práctica de esta actividad en pisos. El Ejecutivo marcará también un límite de plazas.
Así, establece que en el caso de viviendas plurifamiliares el alquiler sólo se permitirá en función de lo que determinen los estatutos de las comunidades de propietarios, en caso de que se haga una autorización expresa. No obstante, la ley aprobada por el Govern deja en manos de consells insulares y ayuntamientos la decisión sobre las zonas donde se podrá desarrollar esta actividad y donde se vetará, por ser estas instituciones las que mejor conocen la realidad de los municipios y sus barrios.
En el caso de las viviendas plurifamiares, las plazas turísticas se tendrán que comprar para un plazo de cinco años renovables. Y todas los pisos que se dediquen a este actividad en comunidades de propietarios deberán contar con un contador de agua individual.
Las sanciones por alquilar viviendas no autorizadas se incrementan de forma importante y se moverán en sus valores máximos entre los 20.000 y los 40.000 euros. Estas sanciones podrán ser impuestas por las administraciones autononómicas, insulares y municipales a propietarios, explotadores y comercializadores
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