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Sentencia

El Supremo deja en el aire 18 farmacias ya adjudicadas

El Alto Tribunal confirma la anulación de una de las baremaciones del último concurso convocado en 2010 - El Govern confía en no tener que volver a adjudicar las boticas, que llevan años abiertas

Imagen de una oficina de farmacia en Palma. B. Ramon

Dieciocho oficinas de farmacia repartidas entre Mallorca y Eivissa que fueron adjudicadas con el último concurso público convocado en 2010 están ahora en el aire. Una sentencia del Tribunal Supremo que el Govern conoció la semana pasada ha anulado un punto de las bases referida a la antigüedad profesional así como las correspondientes convocatorias que rigieron el procedimiento en cuestión. La sentencia confirma íntegramente un fallo anterior del Tribunal Superior de Balears.

Los 18 establecimientos farmacéuticos que pueden verse afectados se ubican en las zonas de Alcúdia, Las Palmeras (Llucmajor), s´Arenal (Llucmajor), Portocristo, Calonge, Muro, Platja de Muro, Artà, Pina, Cala Rajada, Cala Lliteres (Capdepera), Cala Millor, Can Picafort, Santa Margalida, Eivissa, Marratxí, Port de Pollença y Son Servera.

El futuro de estas adjudicaciones es todavía hoy una incógnita, a la espera de que el Ejecutivo analice con detalle las repercusiones del fallo judicial. Fuentes de la conselleria de Salud señalaron ayer que confían en que las consecuencias sean inocuas, al no haberse llegado a aplicar en su día la valoración de méritos anulada. No obstante, está por ver aún si los efectos de esta anulación se hacen extensivos al concurso en su totalidad.

La historia se remonta al 27 de abril de 2010, cuando el anterior Govern del Pacto convocó el concurso para la adjudicación de 18 nuevas boticas. Un farmacéutico, al parecer de Barcelona, impugnó el criterio A.7 del baremo de méritos, que valoraba la experiencia profesional de los concursantes en el ámbito de las Illes Balears. En concreto, otorgaba 0,045 puntos por mes completo de ejercicio, con un máximo de 5 puntos.

Contravenir el derecho europeo

El recurrente alegó que era ilegal que solo la antigüedad ganada en territorio balear computara como mérito en el concurso, ya que ello contravenía el Derecho comunitario de la Unión Europea.

En octubre de 2010, el anterior conseller de Salud, Vicenç Thomàs, desestimó su recurso de alzada que presentó, por lo que el farmacéutico decidió interponer entonces un contencioso-administrativo. El 27 de mayo de 2013 -por lo tanto, ya en esta legislatura- el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears estimó el recurso, declarando la disconformidad a Derecho del punto A.7 del citado baremo, así como las 18 convocatorias.

El actual Govern del PP apeló ante el Supremo en casación, pretendiendo que se dejara en vigor las convocatorias. En una sentencia del pasado 28 de abril, el Alto Tribunal ratifica ahora en su totalidad el primer fallo y condena al Ejecutivo a pagar las costas, 4.000 euros como máximo.

El Supremo, como ya hicieran en su día los magistrados de lo Contencioso del Tribunal Superior, no atienden los argumentos esgrimidos por el Govern, tanto con el Pacto como con el PP. El Ejecutivo autonómico sostenía que el objeto del contencioso había decaído, ya que finalmente no se computó la experiencia profesional en territorio balear. Y es que la exdirectora general de Farmacia dictó una resolución el 21 de febrero de 2011 por la que dejó de ser aplicable el punto en litigio. En consecuencia, entiende el Govern, la demanda del farmacéutico fue finalmente satisfecha.

Por el contrario, los magistrados del Supremo creen todo lo contrario: Tras la resolución mencionada "quedaba vigente una convocatoria de concursos de méritos anterior en que potenciales concursantes desfavorecidos por el punto A.7 del baremo habrían podido optar por no postularse".

Los jueces aducen que el Govern debió haber revocado explícitamente mediante un acto administrativo la valoración de la antigüedad solo en las islas, y no limitarse solo a inaplicarla.

La sentencia del Supremo se suma a otras dos dictadas este mismo año que también han supuesto un varapalo al Govern, al obligar a tener que evaluar otra vez la acreditación profesional de los autónomos que han trabajado como farmacéuticos sustitutos.

Aún así, fuentes de la Conselleria consideran que la nueva sentencia del Supremo no debería implicar que se deba adjudicar de nuevo las 18 farmacias ya abiertas en la actualidad.

Cabe decir que otro farmacéutico, el menorquín Tòfol Pons, interpuso el año pasado un contencioso ante el Tribunal Superior solicitando que se ordenen nuevas convocatorias para 15 de las 18 farmacias afectadas -el número impulsado por él-, aplicando los principios de publicidad y libre concurrencia con igualdad.

La resolución pendiente de este pleito, tras la sentencia del Supremo, puede aclarar todos los extremos sobre si hay que retrotraer el procedimiento ya finalizado y por lo tanto convocar otro concurso.

Por otro lado el propio Govern ha aportado el fallo del Supremo al juez del caso Farmacias, que investiga si el PP ha bloqueado ex profeso la adjudicación de nuevas farmacias en las islas esta legislatura. El Ejecutivo pretende demostrar que en su paralización de más boticas no había ningún interés espurio sino que estaba a la espera de que se resolvieran los múltiples litigios derivados del último concurso de 2010.

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