AUTÓNOMOS 2023

¿Eres autónomo? Así ha cambiado el sistema de cotización este 2023

Con el inicio del año entró en vigor un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia

Esto es todo lo que tienes que saber en 2023 si eres autónomo

Esto es todo lo que tienes que saber en 2023 si eres autónomo / Pexels

Redacción

El año 2023 trae consigo numerosas novedades que afectan a diferentes áreas de la sociedad. En el ámbito de la seguridad vial, se han implementado nuevas señales de tráfico y se han establecido limitaciones en la circulación en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).

Por otro lado, el Real Decreto-ley 13/2022 de 26 de julio de 2022 ha entrado en vigor desde el pasado 1 de enero, estableciendo un sistema de cotización mejorado para los trabajadores autónomos y una mayor protección en caso de cese de actividad. Además, las pensiones también han experimentado un aumento.

Si eres trabajador por cuenta propia, es importante que tengas en cuenta estas nuevas regulaciones para asegurarte de cumplir con los requisitos y disfrutar de los beneficios que ofrecen.

Darse de alta en 2023

A partir del 1 de enero de 2023, todos los nuevos trabajadores autónomos deberán notificar sus actividades a la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 31 de octubre del mismo año. El proceso se puede completar fácilmente en el portal de la Tesorería, Importass. Este requisito es obligatorio para cualquier persona que inicie su negocio como autónomo. Asegúrate de cumplir con esta normativa para evitar posibles sanciones en el futuro.

Cambios en la cotización

A partir del año 2023, los autónomos deberán ajustar sus pagos según un modelo progresivo de cuotas que se extiende durante tres años. Este nuevo sistema tiene en cuenta los ingresos reales de los autónomos, por lo que aquellos con ingresos más bajos verán una disminución en su cuota, mientras que los que ganan más tendrán un aumento.

Para determinar la base de cotización, se tendrán en cuenta todos los rendimientos netos obtenidos durante el año natural, de los cuales se deducirán un 7% en concepto de gastos generales, excepto en el caso de los trabajadores que sean administradores de sociedades mercantiles capitalistas con una participación igual o mayor al 25% o socios en una sociedad mercantil capitalista con una participación mayor o igual al 33%, donde el porcentaje será del 3%.

La base de cotización se determinará según el promedio mensual de los rendimientos netos anuales y se dividirá en 15 tramos de cotización en función de las previsiones de ingresos de cada autónomo. La siguiente tabla, extraída de la página web de la Seguridad Social, muestra los nuevos tramos de rendimientos y sus correspondientes bases de cotización para los próximos tres años.

Tabla de rendimientos y bases de cotización para autónomos 2023

Tabla de rendimientos y bases de cotización para autónomos 2023 / Seguridad Social

Cuotas de autónomo en 2023

El nuevo sistema establece que en 2023 las cuotas serán de entre 230 y 500 euros, en 2024 de entre 225 y 530 y en 2025, entre 200 y 590 euros. Estas son las de este año:

  • Menos de 670 euros: 235 euros.
  • Entre 670,01 y 900 euros: 265 euros.
  • Entre 900 y 1.166 euros: 280 euros.
  • Entre 1.166 y 1.300 euros: 297 euros.
  • Entre 1.300 y 1.500 euros: 300 euros.
  • Entre 1.500 y 1.700 euros: 300 euros.
  • Entre 1.700 y 1.850 euros: 316 euros.
  • Entre 1.850 y 2.030 euros: 321 euros.
  • Entre 2.030 y 2.330 euros: 326 euros.
  • Entre 2.330 y 2.760 euros: 336 euros.
  • Entre 2.760 y 3.190 euros: 357 euros.
  • Entre 3.190 y 3.620 euros: 377 euros.
  • Entre 3.620 y 4.050 euros: 398 euros.
  • Entre 4.050 y 6.000 euros: 428 euros.
  • Más de 6.000 euros: 510 euros.

Tarifa plana para nuevos autónomos

Si tienes pensado darte de alta como autónomo entre 2023 y 2025, presta atención porque te interesa conocer una gran oportunidad: la tarifa plana. Con ella, podrás disfrutar de una cuota reducida de tan solo 80 euros al mes durante los primeros 12 meses de actividad.

Además, si una vez pasados los primeros doce meses, prevés que tus ingresos anuales netos no superarán el salario mínimo interprofesional, podrás solicitar una prórroga de otros 12 meses más. Y si después de este segundo periodo todavía cumples con los requisitos, podrás extender esta tarifa reducida hasta un máximo de 36 meses más por tan solo 160 euros.

Eso sí, para poder acogerte a esta ventaja, es imprescindible que no hayas estado dado de alta en los dos años anteriores a la fecha de tu nueva alta como autónomo.

Novedades en los beneficios

Toda persona autónoma beneficiaria de la prestación para el cuidado de menores afectados de cáncer u otra enfermedad grave tendrán derecho a disfrutar de una bonificación del 75% en la cuota por contingencias comunes.

Pero también hay buenas noticias para las mujeres autónomas que deciden cesar su actividad por motivos de maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela. Si decides retomar tu actividad después de tu baja, podrás disfrutar de una bonificación del 80% en la cuota por contingencias comunes durante los siguientes 24 meses.

Más novedades a tener en cuenta

  • Los gastos de difícil justificación que se aplican a los contribuyentes en Estimación Directa Simplificada aumentan del 5% al 7%.
  • El Impuesto de Sociedades se reduce al 23% para las empresas con un volumen de negocio por debajo del millón de euros en el ejercicio anterior.
  • El plazo para emitir facturas rectificativas pasa de los 3 a los 6 meses tras el finalizar el ejercicio o 6 meses una vez se produce el cobro de la operación.
  • El autónomo que quiera jubilarse y cobrar el máximo de su prestación deberá tener 66 años y cuatro meses de edad (como mínimo) y un total de 37 años y nueve meses cotizados.