El realce de los singulares valores naturales y patrimoniales del lugar hace que, quien más quien menos, sueñe con la panorámica de una fachada marítima de Palma en la que sólo sobresalga el mar y los edificios con peso histórico y exclusividad arquitectónica. Sin embargo, el cumplimiento de tal objetivo se ha vuelto extremadamente complejo en los últimos tiempos. Los efectos del oleaje que baña el lugar, ni siquiera en los días de temporal, no son nada comparados con las consecuencias y sobre todo la paralización, de la compleja telaraña de intereses inversores y pugnas legales que afectan al mismo sitio. En medio de todo ello permanece también la salvaguarda del espacio público y de los servicios colectivos.

Para hacerse una idea de cuánto se cuece en las primeras líneas de la bahía de Palma y en especial en el entorno del antiguo edificio de Gesa, hoy de propiedad municipal y catalogado como bien de interés cultural, basta fijarse en el hecho de que la constructora Núñez i Navarro ha llegado a acumular la interposición de 22 contenciosos, de distinto calibre, al considerar que sus aspiraciones y derechos, con respecto a las operaciones inmobiliarias iniciadas, eran lesionados desde distintos ángulos. La constructora que lleva el nombre del antiguo presidente del Barça se planteó un día levantar toda una urbanización de lujo en posición preferente de la fachada marítima. La operación, que, aparte de sus efectos meramente urbanos hoy es legalmente imposible, pasaba por la demolición del antiguo edificio de Gesa.

Con el tiempo se han hecho permutas y recalificaciones. Hubo acuerdo con Mapfre que también pensaba alzar su edificio insignia en tan preferente lugar, pero nunca con Núñez i Navarro. Ahora se vuelve a cerrar un capítulo importante con el que se desbloquean posiciones y se da paso a nuevos instrumentos de negociación. El Tribunal Supremo, resolviendo un recurso de casación planteado a partir de las decisiones tomadas por la Audiencia Provincial de Palma, ha anulado la compraventa del edificio de la compañía eléctrica, con lo cual Endesa deberá abonar 103 millones de euros a Núñez i Navarro, correspondientes a los 85,2 millones de la venta inicial, más los intereses generados. En pocas palabras, el Supremo se basa en la consideración legítima de las aspiraciones de demolición del edificio, por parte de la constructora, en el momento de la compra, a pesar de que Endesa tuvo después evidentes impedimentos legales para cumplir el compromiso adquirido.

Desde el punto de vista del interés general, la cuestión más trascendental es que el ayuntamiento de Palma debe cambiar de interlocutor y de marco negociador. Núñez i Navarro cobrará y desaparecerá de escena, con lo que Cort deberá sentarse con Endesa teniendo en cuenta que la eléctrica es también propietaria del edificio de Emaya. El objetivo es consolidar el plan parcial de la porción más sensible de la fachada marítima.