La sala segunda de la Audiencia de Palma dio ayer luz verde a que la infanta doña Cristina sea juzgada por dos delitos contra la Hacienda Pública, que habría cometido al ser socia de la consultora Aizoon S.L., una empresa usada presuntamente por su marido, Iñaki Urdangarin, para defraudar al Fisco. Las defensas de la Infanta pedirán la aplicación de la doctrina Botín, que libraría a su representada del juicio al vetar el ejercicio de la acusación particular en este supuesto, pero el auto ya adelanta que esa jurisprudencia no es aplicable al caso.

Los magistrados Diego Gómez Reino, Mónica de la Serna y Juan Jiménez Vidal, descartaron que la duquesa de Palma sea juzgada por blanqueo de capitales, como preconizaban la acusación popular Manos Limpias Manos Limpiasy el juez instructor José Castro.

Sin embargo, el mantenimiento de la imputación por delitos fiscales constituye un respaldo a las tesis de Castro y un rechazo de las posturas de la fiscalía anticorrupción y de la Abogacía del Estado, claramente partidarias de exonerar de toda responsabilidad a la hermana del rey Felipe VI.

La sala, que eleva de 16 a 20 el número de imputados, reprocha al fiscal Pedro Horrach y a la abogada del Estado Dolores Ripoll el haber recurrido la imputación de doña Cristina por delito fiscal.

"Tampoco deja de sorprender el que el ministerio fiscal y la abogacía del Estado se muestren ambos de acuerdo en que existió delito fiscal y en cambio, contrariamente a la opinión judicial, entiendan que la deuda tributaria resultante, junto con los intereses y recargos que correspondan, ha de ser satisfecha por un solo deudor (Urdangarin o Diego Torres, según el caso) cuando probablemente lo razonable sería que esta cuestión se decida contradictoriamente en un juicio oral", censuran los magistrados la estrategia de las dos acusaciones.

La sala equipara la situación procesal de la hermana del Rey con la de Ana María Tejeiro, la esposa de Diego Torres, exnúmero dos de Nóos, y a quien también se acusa de ayudar a su marido a defraudar a Hacienda.

Cristina de Borbón fue socia de su esposo en Aizoon y Tejeiro compartió varias empresas con su esposo. Estas sociedades son consideradas meras pantallas y fueron utilizadas por Urdangarin y Torres para drenar los fondos públicos desviados por el Instituto Nóos y minorar el pago de impuestos mediante varios sistemas: uso de trabajadores ficticios, cruce de facturas falsas entre ellas, y cargo de cientos de miles de euros en gastos particulares ajenos a las empresas.

Gran riesgo de defraudación

Aizoon, "apenas celebraba juntas, el personal que tenía no era apto para tareas de consultoría y en él se incluía el servicio doméstico de los duques de Palma; "funcionaba como caja única, ya que no repartía dividendos y sus ingresos se empleaban en gastos familiares que realizaba el matrimonio"; y tenía ubicada su sede en el palacete de sus dueños, que cobraban por ello un alquiler. Dadas esas circunstancias, doña Cristina tenía que saber que se trataba de una empresa "pantalla o ficticia" y que "su marido estaba actuando de modo irregular con el fisco, ya que estaba tributando impuestos por una sociedad que no existía".

Los duques de Palma se beneficiaron de aquel sistema: pagaron menos impuestos en sus declaraciones de IRPF y se gastaron los fondos de Aizoon directamente, en lugar de repartir dividendos y tributar por ellos.

"La permanencia de la Infanta en la sociedad Aizoon, siendo ésta una simulación, comportaba la creación de un elevado riesgo de defraudación por lo que las imputaciones por cooperación en el fraude fiscal cometido por su marido gozan objetivamente de sustento", resume el auto.

La Audiencia añade que la duquesa de Palma tenía que haber sopesado los pros y contras que conllevaba usar su empresa familiar como tapadera para camuflar rentas personales ganadas por su marido y como medio de financiar múltiples gastos particulares de la familia, entre ellos el equipamiento y reforma de su palacete de Pedralbes.

"En cualquier caso parece que se desentendió de ello y del peligro (de cometer fraude fiscal) que ella misma generó, a pesar de que estaba en situación de haberlo evitado y que tenía el deber jurídico de hacerlo, al ostentar el 50% del capital social y ser ella la corresponsable del riesgo de defraudación generado", explican los jueces.

Desvío de fondos

La hija del Rey Juan Carlos fue exculpada, en un auto de la misma sala dictado el 7 de mayo de 2013, de haber desviado fondos públicos a través del Instituto Nóos. El juez Castro le acusó, en su auto del pasado junio, de blanqueo de capitales, al gastarse fondos de Aizoon que provenían del dinero público desviado por su marido (del Govern balear y la Generalitat de Valencia) o del dinero defraudado a Hacienda.

La sala segunda exculpó a doña Cristina de ese delito de blanqueo de capitales, al estimar que ignoraba el origen ilícito de los fondos de Aizoon. "No cabe concluir que la Infanta conociera, o tuviera razones para pensar que el dinero de Aizoon (...) pudiera ser dinero procedente de la malversación", afirma el auto.