El Ayuntamiento de Santa Eulària en Ibiza ha suspendido de forma cautelar a un agente de la Policía Local por participar en un vídeo donde, vestido de uniforme y en las instalaciones municipales del cuerpo, destruye artículos falsificados intervenidos a un vendedor ambulante, después de simular una conversación telefónica con su supuesto propietario, a quien se califica con términos de "menosprecio y degradantes".

Una comisión reunida de urgencia esta mañana ha decretado la suspensión cautelar del agente, tras tener conocimiento del vídeo recogido ayer por la tarde en Cronicabalear.es.

El Ayuntamiento de Santa Eulària considera "inadmisible la falta de respecto al uniforme y a las instalaciones públicas", así como la "carencia de corrección en el tratamiento de material bajo custodia".

El Consistorio muestra su rechazo a que cualquiera de sus trabajadores pueda mostrar una actitud "completamente denigrante y vejatoria hacia cualquier persona, especialmente por motivo de su raza o procedencia".

"Este tipo de expresiones y actuaciones no son propias de un buen desarrollo de la actividad pública y no son admisibles, ni siquiera si se trata de ´hacer broma´", sentencia el Consistorio.

Este jueves festivo, antes de que hayan transcurrido 24 horas desde que se tuvo conocimiento de la publicación del mencionado vídeo, una comisión de urgencia integrada por el alcalde, Vicent Marí; la concejala de Policía, Maria Ferrer; la secretaria del Ayuntamiento y el jefe de la Policía Local han determinado que existen suficientes elementos de juicio para incoar un expediente disciplinario contra el agente protagonista del vídeo y pedir a la Dirección general de Interior del Govern que nombre a un instructor del expediente.

Hasta que no se tenga la resolución del mismo, se ha decretado la suspensión cautelar provisional de sus funciones del agente hasta seis meses, sin prejuicio de que el instructor del expediente pueda acordar lo que estime conveniente.

"Los actos del vídeo, del todo rechazables y rechazados por este Consistorio, administrativamente pueden constituir faltas muy graves tipificadas a los artículos 68, apartado n) y graves incluidas al artículo 69, secciones a) y o), de la Ley 4/2013 de 17 de julio de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares", asegura el Ayuntamiento en una nota.