La sección segunda de la Audiencia de Palma ha absuelto a siete personas juzgadas como presuntos integrantes de una red dedicada a la importación de cocaína desde Ecuador y Perú con destino a Ibiza por "la ilicitud de las intervenciones telefónicas" que revelaban los supuestos delitos.

La fiscalía había solicitado en el juicio penas que sumaban 59 años de prisión y multas de casi 17 millones de euros para los siete acusados, todos varones de origen sudamericano, a los que atribuía delitos contra la salud pública como responsables del traslado a España de casi 22 kilos de cocaína entre octubre de 2009 y marzo de 2010.

La instrucción la llevó a cabo el juzgado número 1 de Ibiza, que basó su acusación en conversaciones telefónicas ordenadas a partir de escuchas policiales llevadas a cabo en otro proceso en que estaban involucrados algunos de los acusados en este caso.

En la sentencia de la audiencia provincial, firmada por la sección que preside el magistrado Juan Jiménez Vidal, se consideran probados cuatro traslados de droga desde Quito y Lima hasta Madrid por parte de otros tantos acusados, y la participación en la trama de los otros tres encausados.

No obstante, estos "hechos probados" se conocen "a consecuencia de las intervenciones telefónicas practicadas", que los magistrados anulan porque derivan de "indicios" obtenidos "de otras escuchas realizadas en otro procedimiento".

"El tribunal no ha podido comprobar si la intervención inicial de la que se obtienen los indicios que permitieron la que inicia esta causa fue respetuosa con las exigencias constitucionales, pues no constan en las actuaciones ni las solicitudes policiales, no los autos en los que se acordaron o prorrogaron las intervenciones telefónicas de la causa matriz", indica la sentencia.

Además, los jueces subrayan que en la vista no se puso de manifiesto ninguna prueba que no fuera el resultado de las escuchas ilícitas, por lo que "solo procede declarar la absolución de los acusados".