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Carlos Gil de las Heras: "Soy optimista con la continuidad del Náutico de Palma, el informe de la Abogacía del Estado no es preceptivo"

El jurista, uno de los especialistas en Derecho Portuario más importantes del país, asume la defensa de los intereses del histórico club palmesano ante Puertos del Estado, que pone en cuestión su continuidad a partir de diciembre de 2022

Carlos Gil de las Heras: “Esperamos que el Consejo de Estado resuelva el conflicto del Real Club Náutico de Palma”

Carlos Gil de las Heras: “Esperamos que el Consejo de Estado resuelva el conflicto del Real Club Náutico de Palma”

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Carlos Gil de las Heras: “Esperamos que el Consejo de Estado resuelva el conflicto del Real Club Náutico de Palma” Miguel Vicens

El abogado Carlos Gil de las Heras (Burgos, 1970), uno de los especialistas en Derecho Portuario de referencia en España, es la persona que ha asumido la defensa de los intereses del Real Club Náutico de Palma en el conflicto que desde principios de marzo mantiene abierto con Puertos del Estado. Está en juego la continuidad del histórico club palmesano, fundado en 1948, con 2.000 socios en activo y más de 400 clientes amarristas. La causa, un informe de la Abogacía del Estado, emitido a petición del director de la Autoridad Portuaria de Baleares, que pone en cuestión el futuro de la entidad a partir de diciembre de 2022, al negar la existencia de la concesión de la que es titular y que expira en esa fecha. Carlos Gil participo el lunes en una Asamblea de Socios del Real Club Náutico de Palma para explicar la situación actual a los socios.

-¿Qué puede hacer el Real Club Náutico de Palma ante el informe de la Abogacía General del Estado?

-Entiendo que ese informe no cuestiona la concesión al Náutico, sino su naturaleza. Es decir, si se trata de un contrato administrativo o una concesión. Además, no es preceptivo, no es la última palabra sobre la cuestión. Esperamos que se remita el expediente al Consejo de Estado y que éste organismo dictamine. Y no sería la primera vez que lo hace en contra de la Abogacía General del Estado. El informe, además, no responde a la pregunta fundamental: ¿Qué sucede con ese contrato de gestión en origen cuando a partir de 2003 pasa de prestar un servicio público a un servicio comercial? Porque hay una disposición de ese mismo año 2003 que dictamina que los titulares de contratos de gestión de servicios públicos pasan a serlo de concesiones.

-Además, esa concesión ahora en cuestión fue renovada en 1994, ¿no es verdad?

La Autoridad Portuaria de Baleares siempre ha considerado en sus actos propios que el Real Club Náutico de Palma es titular de una concesión, especialmente en 2017, cuando se realiza la ampliación con el muelle de San Pedro. Y luego, entendemos también que la actividad que realiza el club de prestación de servicios es la propia de una concesión, con independencia del nombre jurídico que se le otorga al título. Por tanto, si no hay una diferencia sustantiva en las actividades, sus derechos deberían ser los mismos.

Carlos Gil de las Heras, abogado especialista en Derecho Portuario, en el Real Club Náutico de Palma Manu Mielniezuk

-La Autoridad Portuaria de Balears no solo tutela la reforma que presenta el Real Club Náutico de Palma para obtener la renovación de la concesión en diciembre de 2022, sino que además introduce cambios significativos que disparan la inversión, como la construcción de un aparcamiento subterráneo

-Efectivamente, la Autoridad Portuaria de Baleares sugirió en febrero de 2017 una modificación en el proyecto de mejora del Náutico de Palma que incluía la construcción de un aparcamiento subterráneo. Y en estos casos ya se sabe que las sugerencias son recomendaciones de obligado cumplimiento. El Real Club Náutico de Palma presenta su proyecto en junio de 2015, permanece en tramitación hasta abril de 2019 y, después de las mencionadas mejoras introducidas, la Autoridad Portuaria comunica al Náutico las condiciones para obtener la prórroga, que son aceptadas. Y a partir de ahí se remite el expediente a Puertos del Estado para que emita su informe preceptivo y vinculante, ese sí. Por eso no se acaba de entender que, habiendo aceptado todas las condiciones pactadas, el director de la Autoridad Portuaria de Baleares, pida un informe a la Abogacía del Estado, que no es preceptivo ni vinculante, sobre la naturaleza del título jurídico del club. ¿Por qué se sale del camino común establecido? Es lo que no se entiende en esta historia.

La Autoridad Portuaria de Baleares siempre ha considerado en sus actos propios que el Real Club Náutico de Palma es titular de una concesión, especialmente en 2017, cuando se realiza la ampliación con el muelle de San Pedro

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-¿Ese es un argumento a favor del Náutico?

-Sí, lo es.

-El Náutico es un caramelo muy goloso, una plaza que podría reportar muchos más beneficios si sus pantalanes se llenaran de megayates de grandes esloras y se olvidara de la vela, sus escuelas deportivas y sus causas sociales, ¿no le parece?

Las autoridades portuarias pueden decir qué tipo de puerto desean. Pero lo normal es que se busque la coexistencia entre las marinas puramente mercantiles dedicadas a las grandes esloras y las que cumplen una función con el cliente local y forman parte de la vida de las ciudades.

-¿Y no pesa igualmente como argumento a su favor la historia del Real Club Náutico de Palma, con más de 70 años de trayectoria y unos orígenes que dan continuidad a los más antiguos Club de Regatas y el Club Maritimo?

-En el caso que nos ocupa pesa más la realidad actual del Náutico que su historia, la realidad de las actividades que desarrolla, como agrupación de personas sin ánimo de lucro que invierte los beneficios de su propia actividad en el propio club y desarrolla una función deportiva, social y cultural.

Carlos Gil de las Heras, en un momento de la entrevista, en el Real Club Náutico de Palma Manu Mielniezuk

-¿Se le podría pedir a la Autoridad Portuaria de Baleares que apoyara los intereses de sus clubes náuticos?

La Autoridad Portuaria de Baleares puede situarse al lado del Real Club Náutico de Palma, pero tampoco puede ignorar el informe de la Abogacía del Estado. Por eso lo que el club espera ahora que eleve el expediente al Consejo de Estado para que emita su informe preceptivo y vinculante.

Y a partir de ese informe del Consejo de Estado, ¿cuál es el peor de los escenarios a los que se puede enfrentar el club?

La realidad es que el expediente está ahora en una situación complicada. Y si el dictamen no es favorable nos podemos ver abocados a interponer recurso contencioso ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares e incluso a tener que concurrir en el futuro concurso, aunque también se podría solicitar que la futura concesión se mantuviera en suspenso hasta no resolver la vía judicial.

Si el dictamen del Consejo de Estado no es favorable, nos podemos ver abocados a interponer recurso contencioso ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares e incluso a tener que concurrir en el futuro concurso

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-¿Puede transmitir un mensaje esperanzador a los socios del Náutico?

-Soy optimista. Creo que al Real Club Náutico de Palma le asiste la razón. El informe de la Abogacía del Estado no plantea la cuestión sustancial. Lo relevante no es la naturaleza jurídica del título que tuvo el club en su origen, sino el que tiene a partir de 2003, cuando se transforma en concesión. Ya realicé un informe en el año 2009 en este sentido a petición de la Autoridad Portuaria de Baleares, cuando no había ningún conflicto sobre esta cuestión. Por eso digo que soy optimista.

-¿Existe algún precedente en el que se pueda sustentar la acción de Defensa del Náutico si el informe del Consejo de Estado no le resulta favorable?

Uno muy cercano. La denegación de la ampliación de la concesión de Formentera Mar, que se le desestima en el año 2018 con argumentos idénticos y que actualmente se encuentra impugnada en vía judicial y pendiente de resolución en el Tribunal Superior de Justicia de Baleares. La resolución de esta caso podría ser fundamental para el Real Club Náutico de Palma, porque plantea un supuesto muy similar

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