Sorpresa, aunque no preocupación, en el Ayuntamiento de Palma por la noticia de que el alcalde de Palma, Antoni Noguera, será investigado por presunta prevaricación administrativa o urbanística por haber aprobado la prohibición del alquiler turístico en pisos plurifamiliares en toda la ciudad.

Desde Cort se ha asegurado a primera hora de la mañana que no tienen constancia ni oficial ni oficiosa del auto del juzgado número cinco de Palma según el cual, según una nota remitida por la Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (Fevitur) ha admitido a trámite la querella presentada por esta asociación.

Desde el equipo de gobierno se quiere transmitir la "máxima tranquilidad" sobre esta cuestion por cuanto la propuesta de limitación del alquiler turístico en Palma fue aprobada por el pleno del Ayuntamiento a petición de la iniciativa popular impulsada por la Federació d'Associacions de Veïns de Palma, avalada por más de 5.000 firmas y tras haber tramitado un expediente administrativo que incluía estudios sobre la afectación de esta actividad sobre el mercado del alquiler y la vivienda en la ciudad.

Además, recuerdan que la medida, que fue aprobada por todos los concejales de los tres grupos municipales que conforman el equipo de gobierno municipal y con el voto en contra del PP y Ciudadanos, se adoptó "en defensa del derecho fundamental a la vivienda".

Según Fevitur, con la resolución del juzgado por la que se admite a trámite la querella, y que ya les ha sido notificada, se "da comienzo la investigación d elos hechos denunciados el pasado mes de noviembre y con la que se confirmará si, efectivamente, se habrían llevado a cabo determinadas conductas ilícitas entre las que se integrarían la elaboración de informes urbanísticos completamente arbitrarios, que no se ajustan a la realidad, con la única intención de culminar el plan preconcebido de terminar con la vivienda turística en el municipio de Palma".

Según la federació denunciante, el auto dictado por el juzgado de instrucción número 5 de Palma considera que los hechos denunciados "presentan carcterísticas que hacen presumir la posible existencia de un delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Codigo Penal y/o un delito de prevaricación urbanística del artículo 320" del citado código.

Fevitur ha manifestado su satisfacción por esta decisión del juzgado "que pone en entredicho la licitud de la actuación llevada a cabo por el regidor en contra de la actividad de su sector y felicita a los abogados del despacho Ius+Aequitas Abogados por este logro".

Asimismo, confía en que sean oportunamente esclarecidos los hechos.