Reconocen la incapacidad a una trabajadora en Palma por sufrir fibromialgia

La mujer, que es administrativa, veía cómo su rendimiento laboral se limitaba por la enfermedad

Artritis, migraña, fibromialgia… ¿Cómo puede ayudar la vitamina D a reducir el dolor crónico?

Artritis, migraña, fibromialgia… ¿Cómo puede ayudar la vitamina D a reducir el dolor crónico? / Sad woman suffering from headache and sitting on the bed with eyes closed while holding her head in pain.

Un juzgado de Palma ha reconocido la situación de incapacidad absoluta para una mujer, que trabajaba como administrativa para una empresa, porque sufre fibromialgia. El juez da la razón a la trabajadora, representada por el despacho de abogados Parrado Asesores, que pudo demostrar el alto grado de padecimiento que le producía la enfermedad. El síntoma más evidente era la fatiga crónica, pero también le ocasionaba otras dolencias psíquicas, como ansiedad o depresión.

Según fuentes del despacho de abogados, en el juicio el magistrado alertó de forma verbal al representante de la Seguridad Social de la contundencia de las pruebas forenses y médicas que se habían presentado en la demanda, de tal manera que se podía reconocer la incapacidad para "no alargar así el sufrimiento de la trabajadora".

Una enfermedad incapacitante

En la propia sentencia, el juez detalla que la enfermedad le impedía mantener un mínimo rendimiento laboral. A pesar de que, en teoría, la labor profesional de administrativa estaba exenta de cargas estresantes de trabajo, la gravedad de esta enfermedad limita la capacidad de quien la sufre, que se ve incapacitada para desempeñar su trabajo habitual.

La abogada que ha defendido el caso, Cristina Alonso, señaló que "aunque en principio no fuera de una labor profesional de gran esfuerzo físico, la afectada no podía ya llevar a cabo ni tareas posturales básicas, ni giros, ni una ágil diligencia para la resolución eficaz de las exigencias de su empresa, por lo que su incapacidad era absoluta".

Pensión vitalicia

La sentencia destaca la objetividad y el carácter público de los informes elaborados por los diferentes médicos, que coincidían en señalar la falta de mejoría de la paciente y las pocas posibilidades que tenía para superar la enfermedad. La mujer, tras agotar las bajas laborales, los periodos de vacaciones y otras jornadas de descanso, rechazó incorporarse a su puesto de trabajo. Consideraba que no estaba en condiciones físicas para reincorporarse a la oficina, a pesar de los prejuicios económicos que le suponía esta decisión.

El juzgado de lo Social de Palma ha atendido la demanda presentada por la letrada, considerando que la mujer no está en condiciones de volver al trabajo. La sentencia le otorga una pensión vitalicia de más de 2.000 euros mensuales.