El empresario Bartolomé Cursach, a través de una de sus empresas, ha sido condenado a indemnizar a un dibujante gráfico por utilizar sin su permiso una de sus obras, que estampó en unas camisetas que vendía a los clientes que acudían a la discoteca BCM. La Audiencia de Palma confirma que la empresa que explota esta discoteca de Calvià no es la titular de los derechos de explotación de la obra gráfica titulada My baby shot me down, creada por el artista Marcos Torres, residente en Eivissa. Por ello, la empresa de Cursach ha infringido los derechos patrimoniales del artista gráfico, en cuanto a su derecho exclusivo de "reproducción, distribución, explotación para la comercialización y comunicación pública, así como sus derechos morales". Debido a ello, la empresa de ocio tendrá que indemnizar al artista con casi 30.000 euros por los beneficios que obtuvo de forma irregular por la venta de las camisetas y por el daño moral que le causó al artista. Además, tendrá que retirar de la venta el resto de camisetas que aún no había vendido.

El artista que se ha enfrentado a la empresa de Cursach es un diseñador gráfico muy conocido, sobre todo en la isla de Eivissa. Marcos Torres ha diseñado camisetas para el museo Guggenheim de Bilbao y además algunas de sus obras han sido subastadas en la conocida casa de subastas Christie. Se ha caracterizado por mantener un estricto control por la comercialización de su obra y entre sus principios no figura el que se vendan estas imágenes en camisetas que se comercializan en las discotecas, como dejó muy claro en su demanda. Esta comercialización en la discoteca BCM se realizó durante la temporada de 2004 y, según señaló la empresa de ocio, se comercializaron algo más de 2.000 camisetas, señalando que no se obtuvo ningún beneficio económico, puesto que la prenda se regalaba a los clientes. Sin embargo, el artista pudo demostrar que cada una de estas camisetas, con la presencia de su obra gráfica, se comercializaba con un precio de 15 euros cada una.

El tribunal de la Audiencia, como ya hizo el juez de primera instancia, no ha quedado convencido con los argumentos de la abogada del empresario. En respuesta a la demanda se apuntó que, en efecto, no se disponía de la autorización del artista gráfico, pero lo que se estaba utilizando en realidad es el mensaje escrito de la obra, que correspondía a una conocida canción de los años 60. Y en ese sentido se indicaba que la última versión de esta canción la había realizado el conocido músico David Guetta, que había actuado en alguna ocasión en la discoteca.

La sentencia recuerda que la ley de propiedad intelectual comenta que corresponde al autor decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma y, sobre todo, se debe exigir el reconocimiento de la autoría de dicha obra. Los magistrados señalan que en la camiseta se puede apreciar que consta el autor del dibujo y que se trata de una edición limitada. Y recuerdan que entre los derechos morales del autor está el de decidir cómo ha de ser divulgada su obra y de qué forma, así como que se reconozca su autoría.