Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears da luz verde a la construcción de un hotel de lujo de cinco estrellas, que se levantaría al lado del campo de golf de Puntiró, en una finca situada junto a la carretera vieja de Sineu.

Los magistrados han dado la razón a la empresa promotora Golf Park Entertainment Mallorca, que acudió a los tribunales para anular la decisión del Consell de Mallorca, acordada en el mes de septiembre de 2016, por la que se denegó la declaración de interés general de este proyecto urbanístico.

El edificio se iba a construir en un terreno de más de trece mil metros de superficie e iba a contar con 173 habitaciones de lujo, con una capacidad para 348 huéspedes. La empresa promotora pretendía que este hotel se convirtiera en una oferta complementaria del campo de golf, que viene funcionando desde el año 2006.

El motivo del rechazo de la propuesta de interés general, que es un trámite obligatorio para conseguir la licencia de obras, es que dicho terreno tenía la calificación de área de interés agraria, lo que impedía la construcción de un establecimiento hotelero.

La empresa, disconforme con esta decisión, planteó una demanda en los tribunales, que ahora se ha resuelto a su favor. En su momento la empresa promotora tampoco tuvo facilidades para conseguir la autorización a construir el campo de golf. La propuesta se planteó en el año 1992 y la obra no se terminó hasta 14 años más tarde. Sin embargo, en la declaración de interés general ya se contemplaba la reserva de una superficie para una futura oferta complementaria, que era precisamente el hotel que después se proyectó.

Oferta complementaria

Según explica la sentencia, en el año 2006 se presentó en Cort autorización para construir un hotel, como una oferta complementaria de alojamiento en el campo de golf de Puntiró. Esta proyecto fue remitido al Consell de Mallorca, competente en temas urbanísticos. Sin embargo, el tema no se resolvió hasta diez años más tarde, tras sufrir el proyecto varias vicisitudes durante su tramitación. La Comisión Técnica del Consell acordó denegar dicha declaración, basándose en que el Plan Territorial de Mallorca establecía que ni la actividad de campo de golf, ni tampoco su oferta complementaria (hotel), se podía implantar en terrenos que tuvieran la calificación de áreas de interés agraria.

Sin embargo, el tribunal no coincide con el criterio de la Comisión Urbanística, por cuanto, basándose en el propio informe de Cort, esta finca de Puntiró no es una finca agrícola, sino un terreno rústico. Y recuerda que el Plan Territorial no prohíbe la actividad complementaria en el área en la que está ubicada esta parcela en la zona de Puntiró.