El Ayuntamiento de Ciutadella ha sido condenado a indemnizar a una mujer, que sufrió graves lesiones y secuelas como consecuencia de un accidente ocurrido durante las fiestas de Sant Joan del año 2011. La mujer, que todavía padece las consecuencias de este accidente, recibirá una indemnización de 308.000 euros, según se establece en una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Balears.

Los hechos ocurrieron el día 25 de junio del año 2011. La víctima formaba parte de un grupo de espectadores que se encontraba en la calle observando el desarrollo final de la fiesta organizada por el Ayuntamiento de Ciutadella, que se conoce como "corregudes de sa plaça". La mujer fue embestida por un caballo que participaba en esta celebración ecuestre y por el jinete que lo montaba. El accidente se produjo porque el animal se desbocó.

Las lesiones que sufrió esta mujer al ser golpeada por el caballo fueron tan graves que la propia administración ha reconocido su situación de incapacidad absoluta. Es decir, no puede volver a trabajar. Tras pasar 481 días de baja médica, siete de ellos ingresada en un hospital, a fecha de hoy la mujer no se ha podido recuperar del todo. La sentencia no especifica las lesiones y secuelas concretas que sufrió como consecuencia de este accidente en las fiestas de Sant Joan de Ciutadella. Sin embargo, se resalta su condición de incapacitada.

A pesar del intento por parte del Ayuntamiento, para no asumir la responsabilidad, de comparar este incidente con otros accidentes ocurridos en festejos taurinos, el tribunal entiende que los casos no tienen comparación.

El tribunal condena al organizador de este festejo porque, entre otras cosas, en esta celebración no existe una específica instalación para preservar una separación entre especatadores e intervinientes en la fiesta. Así, explica la sentencia que los caballos no galopan sino que pasean con sus jinetes. De vez en cuando, espoleados por sus jinetes o por los participantes, los caballos se levantan. "La fiesta no tiene sentido sin espectadores, tampoco existe para ellos una instalación específica y separada de los intervinientes y, en buena lógica, el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, organizador de esa fiesta, debe responder de los daños que ocasiones a los bienes y a los espectadores", señala la sentencia. Bajo este argumento, da la razón a la víctima de este accidente.