Si bien una de las máximas de todo proceso negociador es que el acuerdo final es de todos por igual, en el caso de la reforma laboral la evolución del texto desde los primeros borradores hasta el último redactado definitivo permite detectar las concesiones de unos y de otros en el tortuoso camino hacia el pacto. Y en la fase final de la negociación, todas las modificaciones han tenido un mismo objetivo: atraer al acuerdo a la patronal, muy reticente a firmar una reforma que supone, se mire como se mire, una pérdida de poder de la parte empresarial frente a la legislación aprobada en 2012 por el Gobierno de Mariano Rajoy. 

La estrategia de los negociadores de CEOE, a los que sus contrapartes en la mesa reconocen su tesón y energía, ha sido la de minimizar esas pérdidas peleando cada redactado, cada párrafo, cada coma; una forma de trabajar que sus adversarios sindicales definen como “guerra de trincheras”. El resultado final ha sido el de una reforma que ha podido pasar el filtro del Comité Ejecutivo de la patronal, pese a la oposición firme de algunos de los sectores más poderosos del empresariado, que han votado en contra.

Concesiones en temporalidad y convenios

En materia de temporalidad, la clave de la reforma, la patronal ha arrancado concesiones importantes del Gobierno y de los sindicatos, porque aunque se dice que en España “el contrato de trabajo se presume concertado por tiempo indefinido”, lo cierto es que el redactado final permite bastante flexibilidad a la hora de hacer contratos temporales.

Así, entre las causas para hacer un contrato temporal por “oscilaciones de la producción” se entiende que esas oscilaciones incluyen “aquellas que deriven de las vacaciones anuales” una precisión que se añadió en el último redactado y que favorece las necesidades de los empresarios. Además, las contrataciones de temporales por sustitución de un trabajador podrán empezar quince días antes de la ausencia del sustituido, una semana más de lo que preveían los borradores anteriores. Es más, aunque la norma prevé un aumento de las sanciones por los incumplimientos de las normas de temporalidad, al final el último texto no contempla que se considere nulo un contrato temporal irregular (lo que supondría la readmisión del trabajador como indefinido), una posibilidad que estuvo prevista en varios de los borradores que se han manejado en los últimos meses.

La patronal también ha logrado que se respete otra de sus líneas rojas: evitar que los sindicatos más representativos participen en las negociaciones de modificación de las condiciones laborales que se abran en las empresas sin representación sindical propia, que suele ser el caso de las más pequeñas. La retirada de esa posibilidad, que estuvo sobre la mesa desde los primeros momentos de la negociación, ha sido decisiva para que las organizaciones de pymes y autónomos diesen luz verde a la reforma: temían que por esa vía aumentase la sindicalización de sus negocios, y su presión ha desembocado en que, en este aspecto, se mantenga la regulación de la 'era Rajoy'. Así, las modificaciones de condiciones seguirán pactándose con un grupo de trabajadores de la propia empresa (un comité ad hoc, en la jerga laboral) si en la compañía no hay comité de empresa.

Otra importante victoria de la parte empresarial arrancada en el tiempo de descuento de la negociación es que el convenio de empresa pueda seguir marcando “el horario y la distribución del tiempo de trabajo” y lo relativo a las medidas de conciliación, pese a lo que diga el convenio sectorial. Así, aunque la nueva norma volverá a dar al pacto de sector la prevalencia en materia de salarios -una "línea roja", en este caso, de los sindicatos- los empresarios se garantizan que otros asuntos muy importantes a la hora de fijar las condiciones de trabajo queden en manos del acuerdo de empresa.

ETT y exenciones

Una de las alternativas al trabajo temporal que quiere promocionar la norma es el uso del contrato fijo-indefinido, pensado para los trabajos estacionales, de temporada o para los que no tengan ese carácter pero, siendo intermitentes, tengan periodos de ejecución ciertos. En este terreno una de las novedades que incorpora esta reforma es abrir la puerta a que las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) puedan celebrar ese tipo de contrato con personas que luego son cedidas a otras compañías, ampliando el ámbito de actuación de las ETT, cuya patronal ha tenido un protagonismo muy marcado en estas negociaciones.

Además, las últimas jornadas de diálogo han permitido a la patronal cerrar un asunto que le preocupaba notablemente: la fijación de la cuantía de las exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social que se aplicarán las empresas por los trabajadores que tengan en erte. Finalmente, las cantidades consignadas oscilan entre el 20% y el 90%, según el tipo de expediente de regulación temporal de empleo que se aplique. Eso sí, los empresarios no han logrado eliminar la cláusula de mantenimiento del empleo: para beneficiarse de esos descuentos, tendrán que mantener en plantilla a los trabajadores afectados por erte durante los seis meses siguientes a la finalización del expediente.

Tras la aprobación del acuerdo por sus órganos de gobierno, CEOE ha emitido un comunicado en el que saluda el pacto porque -en su opinión- "consolida el modelo laboral actual" al mantener "intactos los mecanismos de flexibilidad interna que garantizan la adaptabilidad de las empresas".