Despedida por cobrar menos a su tío por una tarta
El Tribunal Superior de Murcia confirma la sentencia a una empleada de una confitería - El ahorro era de 19,50 euros
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) ha confirmado la sentencia de un Juzgado de Cartagena que consideró procedente el despido de la empleada de una confitería por haber querido beneficiar a su tío en el precio de la tarta que había encargado, de manera que este se ahorraba 19,50 euros.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que los hechos declarados probados ocurrieron en julio de 2014 cuando esta trabajadora cobró a su tío doce euros por una tarta, "anotando en la caja registradora que esta pesaba un kilo y dejando una nota manuscrita junto a la misma en la que se ponía 'pagada'".
Sin embargo, añade la Sala, su peso real era de 2,10 kilos, y su precio, 31,50 euros, por lo que cuando otro familiar fue a recogerla se encontró con que la empleada que estaba de servicio le reclamó los 19,50 euros de diferencia, a lo que aquel le respondió que "eso ya lo había hablado su padre con la demandante".
La sentencia, ahora confirmada por la Sala de lo Social del TSJ, recogía también como probado que los empleados de la empresa tienen prohibido atender a sus familiares.
Comenta el TSJ que "de tales hechos, la mayor gravedad corresponde al de simular una venta por un precio de doce euros, cuando en realidad el precio del artículo vendido era de 31,50 euros, lo cual se produce intencionadamente con la finalidad de beneficiar a un familiar y en perjuicio de la empresa".
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