La convocatoria de una consulta popular vía referéndum en el municipio de Pollença deberá contar con las firmas favorables de un diez por ciento de los ciudadanos con derecho a voto. Solo de esta forma el pleno atenderá la petición y remitirá el acuerdo a la comunidad autónoma, y esta a su vez al gobierno central, institución que tiene la última palabra para su autorización definitiva.

Se trata de uno de los capítulos que contempla el nuevo reglamento de Participación Ciudadana, aprobado de forma inicial en el pleno de la semana pasada y actualmente en fase de exposición pública. El pacto Junts Avançam-UMP, con la colaboración de Alternativa per Pollença, partido que ha impulsado una modificación en profundidad del anterior reglamento, pretende que la nueva normativa de participación se aplique en el municipio de una forma más eficaz que el reglamento de 2001, que apenas se ha tomado en consideración.

El nuevo reglamento incorpora mecanismos de participación como las consultas populares, asambleas populares, talleres de prospectiva o audiencias públicas. También incluye el derecho de petición y otras figuras como las iniciativas ciudadana y popular y regula la participación en los plenos y en las comisiones informativas, entre otros entes.

El objetivo del reglamento, calificado de "novedoso" por el gobierno local, es el de "canalizar todas las iniciativas para que cualquier persona o entidad ciudadana pueda participar activamente en la gestión municipal y ejercer su derecho a la información en relación a toda la actividad del Ayuntamiento". La elaboración del documento, liderada por Alternativa a pesar de estar en la oposición, ha contado con el consenso de partidos y asociaciones ciudadanas, que durante dos meses han debatido el contenido del documento con el fin de que fuese lo más participativo posible.

Derecho a la información

Uno de los aspectos más destacados del reglamento es la defensa del derecho a la información, que se garantizará potenciando los mecanismos municipales de comunicación y otorgando a los ciudadanos más herramientas para solicitar documentación pública.

Otra cuestión importante es la participación de los ciudadanos en los plenos municipales, que deberá ser solicitada con al menos 24 horas de antelación. Las intervenciones se permitirán antes del debate político y de la votación del punto en cuestión, y tendrán derecho de réplica. Por otra parte, el alcalde podrá abrir un turno de palabra abierto al finalizar los plenos para que los ciudadanos puedan intervenir sobre cuestiones de interés general.

Además de la consulta popular, el reglamento introduce la posibilidad de celebrar consultas mediante voto, un sistema de participación diferente al referéndum que consiste en votar alguna cuestión sobre la que el Ayuntamiento solicite la opinión ciudadana.

La nueva normativa incluye las figuras de la asamblea popular, un órgano de toma de decisiones previa información y reflexión de la ciudadanía; y los talleres de prospectiva, un mecanismo de consulta puntual en el que un número limitado de participantes deliberan sobre alguna cuestión. También se introducen otros métodos como la iniciativa ciudadana o la popular para instar al Ayuntamiento a realizar determinadas acciones. La llamada comisión permanente de Participación Ciudadana coordinará todos estos procesos participativos.