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Medio ambiente

Adiós a las bolsas de plástico

Las bolsas de plástico se despiden de nuestra cesta de la compra. Diversos colectivos abogan para que la reducción del plástico vaya más allá

Lidl ya no vende bolsas de un solo uso.

El pasado día 1 de julio entró en vigor el Real Decreto 293/2018, sobre la reducción del consumo de bolsas de plástico y que supone, a la práctica, una reducción paulatina del consumo de las bolsas de plástico, primero mediante su cobro y en pocos años con su prohibición. Balears ha sido campo de pruebas de diferentes cadenas de distribución que se han adelantado y han ido más lejos de los requisitos legales: Lidl ya no vende bolsas de un solo uso en los supermercados de las islas; Mercadona ha introducido la bolsa de papel e Iberostar se ha marcado el 2018 como año para eliminar todos los plásticos de un solo uso de sus hoteles en España. Pero, ¿a qué afecta el nuevo real decreto? ¿Qué cambios caben esperar los próximos años? Algunas de las preguntas más frecuentes:

¿A qué bolsas afecta a el nuevo Real Decreto?

A todas aquellas que se ofrecen a los clientes en los puntos de venta, online y entrega a domicilio, tengan o no asas e independientemente de su espesor. En todo caso, no se ven afectadas las bolsas de la basura, las bolsas de tintorería y aquellas que acompañan a un producto como las que envuelven una prenda y que forma parte del packaging.

¿Qué diferencia hay entre las bolsas ligeras y muy ligeras?

A pesar de que las dos están hechas de plástico, las ligeras son las que se entregan al cliente y tienen un espesor entre 15 y 50 micras, tengan o no asas. Las muy ligeras tienen menos de 15 micras y se utilizan por cuestiones higiénicas. Son las que se utilizan en las carnicería, pescadería y frutería para entregar los alimentos a los clientes. Aquellas bolsas de menos de 15 micras, por tanto muy ligeras, que no se utilicen para alimentos, se asimilan a las bolsas ligeras y, por tanto, se les aplica el Real Decreto y se deben cobrar.

¿Cuándo entró en vigor el Real Decreto?

La puesta en marcha fue el 1 de julio de 2018. Desde esa fecha está prohibida la entrega gratuita a los clientes. Quedan excluidas de esta prohibición las bolsas de plástico muy ligeras (utilizadas para los alimentos) y las bolsas de plástico igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado. Aquellas bolsas de menos de 15 micras no destinadas a los alimentos (como las bolsas de las farmacias) también deberán cobrarse.

¿Afecta a las bolsas compostables?

Sí, también. De hecho a partir del 1 de enero de 2021 todas las bolsas comercializables deberán ser de este tipo y se deberán seguir cobrando. Las de plástico estarán prohibidas.

¿A cuánto se deben cobrar?

Los precios cambian y dependen del comerciante. En este caso, el Real Decreto establece unos precios orientativos. En el caso de bolsas de menos de 15 micras no destinadas a alimentación, 0,05 euros/bolsa; aquellas entre 15 y 49 micras, 0,15 euros/bolsa; las de 50 o más micras, 0,15 euros/bolsa y las de más de 50 micras con un porcentaje de plástico reciclado entre el 50 % y el 70 %, 0,10 euros/bolsa.

¿Qué va a pasar a partir del 1 de enero de 2020?

Es la fecha marcada para prohibir la entrega de bolsas de plástico fragmentable. Son aquellas que están fabricadas para que, con las condiciones atmosféricas, se acaben disgregando en microplásticos. También en 2020 será obligatorio que todas las bolsas de más de 50 micras estén fabricadas con, al menos, el 50 % de plástico reciclado.

¿Y un año después, el 1 de enero de 2021?

En esta fecha será obligatorio que todas las bolsas ligeras y muy ligeras se fabriquen con materiales compostables. Estas bolsas tienen un nulo impacto sobre el medio y se deshacen en las plantas de compostaje industrial y doméstico.

¿Qué pasará a quien no cumpla?

En este caso, las sanciones se rigen por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados

¿Quién puede sancionar?

Es una competencia autonómica, por tanto, de la conselleria, Agricultura y Pesca del Govern balear.

¿Qué pasa con las bolsas de farmacia?

En este caso, la exención del pago viene dada por razones de higiene de alimentos, un extremo que no se da con las bolsas facilitadas por las oficinas de farmacia. Se tienen que cobrar. Todo apunta a su pronta desaparición por su nula utilidad y posteriores usos.

¿Se deben cobrar las bolsas que los restaurantes facilitan con la comida ya sea a domicilio o la que ha sobrado?

Sí.

¿Y la bolsa del pan?

Si tiene menos de 15 micras no se cobrará. Si tiene más, sí.

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