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5 de agosto de 1718

300 años desde la creación de Cort

La aplicación del modelo castellano fue resultado de los decretos de Nueva Planta y de la decisión de Felipe V de proceder a uniformar las Españas

Panorámica de la Sala de plenos actualmente. En el primer consistorio había poca representación ciudadana, ya que el 80% de los regidores eran nobles. B. Ramón

Tres años después de la victoria de los Borbones sobre los Austrias en la Guerra de Sucesión española (la primera guerra moderna europea, según el historiador Miguel Deyá), el rey Felipe V, fundador de la nueva dinastía, de acuerdo con lo establecido en los decretos de NovaPlanta, que uniformaban políticamente los reinos hispánicos en base al modelo castellano, procedió a dar carta de naturaleza a una inédita institución en Mallorca: el ayuntamiento de Palma. Hoy se cumplen 300 años de su constitución. Aquel viernes de agosto de 1718, un acto solemne en Cort, fue el hito que supuso el paso de las instituciones medievales, que habían pervivido desde los Reyes Católicos, a la nueva institucionalidad, basada en el poder absoluto de la Corona (de hecho ya existente con los Austrias). Fue un aristócrata, Marco Antonio Cotoner, maqués de Ariany, el regidor de mayor rango, quien se hizo cargo del ayuntamiento de Palma (Ciutat adquiere su actual denominación) bajo la supervisión del capitán general, máxima autoridad de la isla. Un año después será nombrado el primer alcalde mayor, Bernabé Arce Bustamante, un abogado castellano, y el primer corregidor, autoridad superior a la del alcalde (el equivalente a lo que después fueron los gobernadores civiles), Diego Navarro Jáuregui, también castellano y de probada lealtad a Felipe V, el monarca español nieto de Luis XIV de Francia, el Rey Sol, que ha dejado para la posteridad la afirmación de "el Estado soy yo", la quinta esencia del centralismo absolutista.

El historiador Eduardo Pascual, especialista en el siglo XVIII español y mallorquín, ha indagado conciernzudamente lo acaecido el cinco de agosto de 1718, las causas que condujeron a la instauración del ayuntamiento de Palma, y las consecuencias que tuvo para la ciudad el drástico cambio institucional. Pascual (profesor de Historia Moderna en la UIB) afirma que la supresión de las instituciones medievales y la aplicación del modelo castellano fue el resultado de los decretos de Nueva Planta y de la decisión de Felipe V de proceder a uniformar las Españas, esencialmente de la parte del territorio que había sido leal al pretendiente austríaco, el archiduque Carlos de Habsburgo. Asegura que el Rey nunca perdonó a las familias nobles austricistas, lo que se tradujo en que no accedieron a los cargos institucionales hasta que le sucedió su hijo Fernando VI. Así, los Truyols, Torrella y Sureda Sanmartí estuvieron condenados al ostracismo a lo largo del reinado de Felipe V, que, afirma Pascual, "no olvidó y no perdonó".

Acto solemne

El viernes cinco de agosto de 1718, Cort estaba engalanado con guirnaldas, banderas y arcos de triunfo. En el salón de sesiones se aposentaba la nobleza mallorquina borbónica y las autoridades. El populacho permanecía en las calles adyacentes y frente a la fachada del Ayuntamiento. La geografía ciudadana se asemejaba muy poco a la actual. La expectación fue máxima, puesto que se iba a proceder al nombramiento de los 18 regidores designados por el Rey. Prácticamente en su totalidad se habían extraído de la nobleza, eran caballeros, muchos con título nobiliario, esencialmente castellano. Los ciudadanos, la incipiente burguesía, aguardaría más de un siglo hasta acceder al poder municipal. No lo hizo hasta bien entrado el siglo XIX, hacia la década de los 40 del siglo, cuando los liberales, en el reinado de Isabel II, tataranieta de Felipe V, formaron gobierno.

En el lugar de honor de las Casas Consistoriales, presidiendo el solemene y trascedental acto, estaba el marqués de Casafuerte y grande de España, Juan de Acuña, comandante general de Mallorca, el hombre de máxima confianza del monarca, encargado de aplicar los decretos de Nueva Planta. Era un militar castellano, obviamente, que tuvo destinos importantes a lo largo de su vida. El secretario de la Corporación hizo entega al comandante general de los decretos de nombramiento de los nuevos regidores, a los que Juan de Acuña, uno por uno, se los puso, según la costumbre, sobre la cabeza al tiempo que estos juraban lealtad al Rey. Las designaciones se efectuaron de mayor a menor rango, empezando por los caballeros con título de nobleza. El primero fue el citado Marco Antonio Cotoner, cuya familia, a lo largo del siglo, desempeñó un rol muy preponderante en la sociedad mallorquina.

La nobleza copó las nuevas instituciones, lo que se tradujo en una progresiva parálisis de las mismas. Las funciones de los regidores eran las de asistir a los plenos, con poder de decisión sobre cuestiones como abastos y sanidad, y tomar parte en los actos institucionales, como oficios religiosos solemnes y otros jolgorios en los que podían lucir su preponderancia social, pero no eran muy proclives a pasar horas en las sesiones plenarias, por lo que sus ausencias se tradujeron en una cierta parálisis. Además, los cargos eran vitalicios e inicialmente no estaban remunerados. A partir de 1751 empezaron a percibir un estipendio. El modelo, reitera el profesor Pascual, se basaba en el sistema medieval castellano, que fue trasplantado a Mallorca sin tener conocimiento de la realidad social de la isla, lo que originó, resalta el historiador, que en Madrid se tardará nada menos que tres años en hacerse una idea de cuál era la situación institucional de Mallorca. En el denominado Consejo de Castilla (algo parecido a lo que ahora es el ministerio del Interior) se estaba en la más completa ignorancia de las peculiaridades mallorquina; de ahí que no se supiera por dónde iniciar el proceso de asimilación a las instituciones castellanas. Esa fue la causa de que el primer corregidor y el primer alcalde mayor no pusieran pie en Palma hasta 1719.

La constitución del Ayuntamiento marcó el fin de una época y el inicio de otra muy distinta. En Ciutat, la nobleza debatió largamente su nuevo papel, las responsabilidades que adquiría, al haber sido suprimidos los tradicionales jurados medievales. La clases populares permanecieron al margen, en ese aspecto poco o nada cambió, porque todavía quedaba muy lejos su progresiva implicación en los asuntos ciudadanos.

Retribución

Queda reseñado que en 1718 los regidores no percibían ninguna retribución por su presunto trabajo. Desde la creación del Ayuntamiento borbónico, los regidores solicitaron percibir un salario, o al menos cobrar la misma asignación que tuvieron los jurados para la vestimenta de la gramella o capuz (ropa de terciopelo para actos oficiales y los autos de 'Todos los Santos'). La Real Audiencia, poder efectivo en Mallorca junto al comandante general, puso trabas, ya que los regidores no usaban tales prendas considerando que si se debía asignar un estipendio fuese únicamente de 50 libras anuales. En diciembre de 1719, se les denegó la petición de salario, razonando que disponían de grandes posesiones arrendadas y cobraban suculentos emolumentos por el oficio de almotacén (inspectores de mercados, denominación de origen árabe), al percibir una tercera parte de las multas que imponían. Esa fue la razón promordial por la que los regidores adscritos a la nobleza, tras varios años de ejercicio del cargo, solicitaran al Rey su renuncia argumentando que requerían prestar atención a la gestión de sus propiedades.

Fue Fernando VI quien decidió atender las demandas económicas de los regidores, al asignarles un salario anual de 80 libras, equivalentes a 1.063 reales de vellón, mediante una real célula de noviembre de 1751. El monarca ordenó a la junta de la Universal Consignación (embrión de lo que después sería el Banco de España), institución que tenía embargado parte de los ingresos del Ayuntamiento, pagar la asignación, que sumaba anualmente 1.600 libras, muy por debajo de las 3.000 asignadas a los antiguos jurados. En octubre de 1775, los regidores volvieron solicitar al Rey, en este caso Carlos III, percibir las 3.000 libras, pero les fue denegado porque, se dijo, no había certeza de que se pudieran cobrar los impuestos.

Penosa obligación

La asistencia a los plenarios fue una de las peores obligaciones que soportaron los regidores de la nobleza mallorquina, cosa que se tradujo en constantes ausencias. Apenas unos años después de la instauración del primer ayuntamiento de Palma, se registran incidentes de importancia por la falta de quórum en los plenarios. Fueron numerosas las veces en las que la Real Audiencia y el corregidor elevaron al Rey sus quejas sobre las reiteradas ausencias de los nobles. Fernando VI tomó la drástica decisión de obligar a los regidores a asistir a los plenos siempre y cuando estuvieran en Palma, con la inexcusable obligación de dar cuenta al corregidor de sus ausencias. Se fijaron dos plenarios a la semana, lunes y viernes, a causa de los pocos asuntos a tratar. Tres años después se fijaron tres plenos semanales, lunes, miércoles y jueves no festivos o feriados. Pero las ausencias justificadas o injustificada de los regidores devinieron en una constante a lo largo del siglo, cosa denuncisada una y otra vez. Solo cuando en el reinado de Isabel II la burguesía, de la mano de las innovaciones legales de los liberales, entró a formar parte de las instituciones municipales se corrigió definitivamente la situación.

A los requisitos básicos para ocupar plaza de regidor, nobleza y patrimonio, se añadió el de la endogamia familiar, lo que originó que de los 90 regidores del ayuntamiento borbónico palmesano, 50, el 55%, tuvieran relación de parentesco entre ellos hasta el cuarto grado. En un informe remitido a Madrid, se propuso escoger entre padre e hijo: Ramón y Antonio Pugdorfila, Ramón y Jorge Fortuny y Pedro y Jerónimo Net, todos, por supuesto, destacados felipistas. Los austracistas tuvieron que aguardar a la muerte de Felipe V para poder levantar la cabeza, abandonar el estrocismo al que habían sido relegados.

Así pues, las regidorías palmesanas estuvieron ocupadas esencialmente por el estamento de los caballeros, al que se unían títulos de nobleza, en casi un 78% y en menor medida, un 22%, el de ciudadano. También se puede destacar, según Eduardo Pascual, la alta aristocratización del cargo. Entre los caballeros se dio un alto grado de nobleza titulada otorgada por el Rey (condado y marquesado) y reconocimiento de titulaciones anteriores.

Todo eso arrancó el cinco de agosto de 1718. Aquel día se materializó el drástico cambio institucional resultado de la Guerra de Sucesión. El triunfo del pretendientede los Borbones sobre el candidato de los Austrias desencadenó cambios profundos, que en Ciutat se plasmaron tanto en el del nombre de la ciudad como en la aparición de lo que desde entonces es su institución fundamental: el Ayuntamiento.

La elección democrática de sus miembros no inició una tímida andadura hasta mediados del siglo XIX

interrumpiéndose radicalmente en los períodos de las dictaduras de los generales Primo de Rivera (1923-29) y Franco (1939-75). En 1979 se celebraron otras vez elecciones democráticas en Palma, siendo elegido alcalde el socialista Ramón Aguiló Munar, primero desde 1936.

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