­El Tribunal Supremo ha condenado a seis años y cuatro meses de prisión a una mujer que traía a Palma dos kilos de cocaína pura desde Panamá. La acusada, que había recibido casi 6.000 euros de una banda de narcos por actuar como correo, ocultó la droga en el interior de tres botellas de vino que ella y su pareja llevaban en el equipaje. Ambos fueron interceptados cuando aterrizaron en el aeropuerto de Madrid y se disponían a tomar un vuelo hacia Mallorca. El hombre fue también detenido y procesado, pero ha sido absuelto porque fue su compañera quien metió la cocaína en su maleta sin su consentimiento.

El fallo del alto tribunal confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que fue recurrida por la acusada. Los hechos ocurrieron el 25 de abril de 2012, cuando la pareja llegó procedente de Panamá a Barajas, donde hacía escala antes de volar hacia Palma. La Guardia Civil pasó por un escáner la maleta del hombre, en la que detectó dos botellas que levantaron sospechas. Los agentes localizaron al acusado en la puerta de embarque donde ambos iban a tomar un avión rumbo a Son Sant Joan.

Los investigadores llevaron a los dos sospechosos a las dependencias policiales, donde se procedió a la apertura de las maletas. En ellas encontraron tres botellas de vino llenas de cocaína. En total, había 1.985 gramos de esta droga con una pureza del cien por cien. La mujer llevaba encima 3.100 euros y 3.500 dólares (unos 2.700 euros), dinero que había recibido como pago por actuar de correo para una banda de narcotraficantes. Debía transportar la cocaína desde Panamá a Palma, donde al parecer iba a ser distribuida.

La Audiencia Provincial de Madrid consideró a la acusada autora de un delito contra la salud pública, en cantidad de notoria importancia, y le impuso seis años y cuatro de meses de prisión y una multa de 12.000 euros. El tribunal absolvió a su compañero sentimental. A pesar de que en su maleta apareció una de las botellas, la sentencia consideró probado que fue la acusada quien la metió en su equipaje sin que él lo supiera.

La mujer recurrió la condena ante el Tribunal Supremo. En su alegato, consideró que la multa impuesta era desproporcionada, ya que no constaba el valor de la droga en el mercado negro ni su situación económica. El alto tribunal concluye, sin embargo, que la sanción es adecuada al ser el doble del dinero que había recibido como contraprestación por el transporte de la cocaína de Panamá a Palma.

También solicitó la condenada que se aplicara la atenuante de dilaciones indebidas porque el análisis de la sustancia intervenida se demoró 96 días y el fiscal tardó casi dos meses en presentar su escrito de acusación mientras la mujer estaba en prisión preventiva. El Supremo rechaza también este argumento.

Por último, la traficante declaró que había errores en el atestado elaborado por la Guardia Civil y que este no recogía con claridad de quién era cada maleta y si se mantuvo la cadena de custodia, pero el alto tribunal tampoco ha considerado este motivo.