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El Ayuntamiento deniega la licencia para legalizar las obras del hotel Alcudiamar

Un informe jurídico-técnico elaborado por el Consistorio concluye que la actividad hotelera no está autorizada en sus instalaciones

Una imagen de las instalaciones del puerto deportivo del Port d'Alcúdia. Alcudiamar

El ayuntamiento de Alcúdia ha denegado la licencia de legalización solicitada por la entidad Alcudiamar S.L., concesionaria del puerto deportivo del moll alcudienc, por la reforma, ampliación y mejoras de los servicios del botel ubicado en las instalaciones. La resolución municipal, firmada por el delegado de Urbanismo, Joaquín Cantalapiedra, puede ser contestada mediante un recurso de reposición en el plazo de un mes.

Para tomar esta decisión, el Consistorio se ha basado en varios informes técnico-jurídico realizados en abril de 2017 y agosto de 2019 por técnicos de la propia institución municipal que llegan a la conclusión de que las instalaciones de Alcudiamar solo permiten la actividad de escuela de vela y alojamiento para navegantes, por lo que el uso hotelero no estaría autorizado.

Según recuerda la resolución municipal, en octubre de 2018 el Ayuntamiento inició un expediente de infracción urbanística a Alcudiamar por haber efectuado actos de edificación y uso de suelo sin la preceptiva licencia municipal en el botel Alcudiamar, consistentes en la ampliación del comedor, la 'office', una terraza y un almacén, entre otras instalaciones.

Dentro de este año 2019, la empresa presentó un proyecto de legalización de las obras efectuadas sin licencia, alegando que el permiso se tramitaba en base a la disposición adicional cuarta de la Ley 8/2012, por lo que "primero debe tramitarse la licencia municipal de obras para proceder después a tramitar el permiso de instalación de la actividad". La conselleria de Turismo envió en abril de 2019 un informe favorable sobre el proyecto de mejora de las instalaciones.

Compatibilidad

No obstante, el informe municipal sostiene que la ley 7/2013 de régimen jurídico de de las licencias integradas de actividad de Balears "unifica en un solo procedimiento la instalación y la obra con la finalidad de que las obras ejecutadas sean compatibles con la actividad".

El informe entra a analizar la compatibilidad entre la actividad turística solicitada con el uso urbanístico de la zona y destaca que las obras se emplazan en el puerto deportivo de Alcúdia, la ordenación del cual es desarrollada en el Plan Especial del Port d'Alcúdia, que no permite el uso turístico. De esta forma, la conclusión de los técnicos municipales es que en los edificios del botel Alcudiamar "no está permitido el uso hotelero".

En relación al informe de Turismo que aboga por legalizar las obras, el dictamen municipal concluye que "no se puede excepcionar la compatibilidad del proyecto con el uso urbanístico de la parcela, entre otras cosas porque las edificaciones resultantes quedan vinculadas al uso turístico y no podrían vincularse edificaciones a un uso que según el Plan Especial no está permitido en la parcela".

Además, señala que el informe de Turismo "no se pronuncia sobre aspectos urbanísticos", que son competencia del Ayuntamiento, por lo que los técnicos municipales proponen denegar la licencia.

Salvem el Moll insta a suspender la actividad y a derribar las obras

A raíz de la resolución que deniega la legalización de las obras de Alcudiamar, la plataforma Salvem el Moll insta a la alcaldesa de Alcúdia a dictar la medida cautelar de suspensión de la actividad y a derribar las obras de ampliación del botel, además de la imposición de una sanción. También pide que el gobierno local eleve al pleno la revisión de oficio de la nueva concesión otorgada por la Autoritat Portuària a Alcudiamar, que amplía el plazo hasta 2030.

A su entender, que la empresa solicite una licencia de legalización es una "prueba indiscutible" de que estaba ejerciendo una "actividad ilegal".

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