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José Hila: "La intervención de Mesas en otro edificio no tendría problemas"

El alcalde recuerda que se advirtió al propietario del Artmadams que no se le concedería licencia, y aún así "realizó las obras"

El mural de la fachada del hotel Artmadams se realizó sin licencia municipal.

La intervención del artista José Luis Mesas en la fachada del hotel Artmadams, sobre la que pesa una orden de retirada dictada por el área de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma "no habría tenido ningún problema" si se hubiera ejecutado en otro edificio, ha manifestado esta mañana el alcalde de Palma, José Hila.

La máxima autoridad municipal ha recordado que el propietario del hotel fue advertido de que no se le daría licencia, puesto que la intervención propuesta no fue aprobada por la comisión de Centro Histórico al pretender realizarse sobre un edificio racionalista. Pese a lo anterior, la propiedad decidió realizar el mural, que se ejecutó durante la pandemia. Según el alcalde, "el problema no es el mural de Mesas, sino el sitio elegido para su ejecución".

En relación a la decisión de la propiedad de interponer un recurso por vía judicial para conseguir la no ejecución de la orden de retirada de la intervención, el alcalde ha manifestado que todo ciudadano tiene derecho a acudir a esta vía si se considera perjudicado por una decisión de la administración y que, por supuesto, el Ayuntamiento va a acatar las decisiones de la justicia.

Mientras tanto, como alcalde apoya la decisión de los técnicos municipales que, amparados en el pronunciamiento de la comisión del Centro Histórico que por dos veces denegó la intervención tanto antes como después de la ejecución del mural.

Los técnicos municipales rechazaron la legalización de la intervención basándose tanto en el pronunciamiento contrario de la comisión del Centro Histórico, como en el artículo 68 de la Ley de Urbanismo de les Illes Balears, que indica que "las instalaciones, construcciones y edificaciones se deben adaptar en los aspectos básicos al ambiente en el que estén situados".

Según los técnicos también incumple el artículo 337 de las normas urbanísticas municipales actualmente en vigor, que regulan las condiciones de estética de las fachadas. Según este artículo, "se puede proceder a modificar las características estéticas de una fachada existente de acuerdo con un proyecto adecuado que garantice un resultado homogéneo de todo el conjunto arquitectónico".

Además de añadir que "la modificación de las fachadas en plantas bajas requiere su adecuación al conjunto del edificio, tanto en diseño, como en materiales y solución constructiva".

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