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Llorenç Riera

El alquiler turístico es cuestión vecinal

Si el alquiler turístico es ya una actividad económica con implicación y plena repercusión social, lo lógico es que su legalización integral también cuente con complicidades y compromisos colectivos. Este es el criterio que parece seguir el Govern para cambiar la ley que debe dar cabida a la prometida regulación de todas las formas de alquiler vacacional y cuyo borrador se está empezando a conocer.

Quedan confirmadas las sospechas que se venían adivinando y que en algunos de sus puntos incluso se mostraban plenamente visibles. Se cubre el principal hueco que permanece abierto entre realidad y legalidad actual: podrán arrendarse a los turistas los pisos situados en edificios plurifamiliares, pero para ello se establece una condición determinante. No es otra que la complicidad plena de la comunidad de vecinos que deberá autorizarla expresamente en cada caso o tenerla prevista en los estatutos. El Govern fija este criterio con la finalidad de evitar el conflicto entre los residentes en un mismo piso. Tal decisión puede estar revestida de buena intención, pero habrá que admitir que ella misma es susceptible de convertirse en un arma de doble filo, porque puede volverse causa de desavenencia cuando en una misma escalera habiten partidarios y detractores del alquiler turístico. Las comunidades de vecinos, por lo general, no acostumbran a ser precisamente una balsa de aceite. Con el trasiego de vecinos temporales en vacaciones, la convivencia deberá transcurrir, como ocurre ahora ya, a partir de hábitos y actitudes plurales. Es otra realidad cotidiana por afrontar.

La regulación que tiene esbozada el Govern sólo quiere saber, cómo no podía ser de otra forma, de canales legales y transparentes. Se discriminan las tolerancias implícitas y los silencios cómplices. En las páginas webs ya no cabrá todo. Plataformas tan conocidas y usadas como AirBNB solo podrán promocionar pisos y casas que estén debidamente registrados en Turismo y nadie podrá alquilar con fines vacacionales una casa que no disponga de la correspondiente cédula de habitabilidad, sea en zonas urbanas o rurales. Quien actúe al margen de estas normas se arriesgará a sanciones que pueden oscilar entre los 20.000 y los 40.000 euros.

Los consells y los ayuntamientos pasarán a tener un papel determinante en el alquiler turístico. Ellos deberán decidir quién y dónde se puede alquilar en función de la densidad de población y la exigencia de la demanda residencial. Parece un punto pensado para la problemática específica que vive Ibiza y que, según algunos analistas del fenómeno, en unos dos años se puede instalar en Mallorca. Es el hecho de reservar casi en exclusiva vivienda turística en detrimento de la demanda estable incentivada por la necesidad laboral. La ley modificada debe saber prever esta realidad y administrarla al margen de los abusos.

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