La Sindicatura de Comptes (SCIB) hizo público ayer su informe sobre las cuentas de la Universitat de les Illes Balears (UIB) del año 2018 y un año más le volvió a reprochar a la institución que tiene demasiados profesores con contratos temporales, por encima de lo que marca la ley.

El órgano de control indica en su informe que la Ley Orgánica de Universidades (LOU) establece que el personal docente e investigador con contrato laboral temporal no puede representar más del 40% de la plantilla y que en diciembre de 2018 en la UIB eran hasta el 61,7% (prácticamente el mismo porcentaje que en diciembre de 2017).

La SICIB también llama la atención sobre un exceso de personal docente e investigador laboral: la ley fija el máximo en el 49% de la plantilla y la UIB, según los datos de 2018, llega al 56,4%.

Sobre el exceso de contratos temporales, la Universitat alega que en este cómputo de profesores temporales, según su parecer, no se puede incluir al personal laboral indefinido ni a los profesores asociados con exención de cargo.

Pero aun así, siguiendo la interpretación de la UIB y quitando a los docentes que entran en estas categorías, el porcentaje de profesores con contratos temporales se queda en el 59%, aún por encima de ese 40% que marca la LOU como tope. La UIB admite este exceso pero lo justifica en la puesta en marcha de «nuevos estudios».

La SICIB señala además que según la LOU los profesores contratados doctores han de tener sí o sí un contrato indefinido y que la UIB tiene a 99 de estos docentes como temporales, según las cuentas de 2018. En este caso, la institución universitaria responde que no coincide en la interpretación de la normativa que hace la Sindicatura y que sí existe la figura del contratado doctor interino.

Sin movernos del apartado de personal, la Sindicatura de Comptes también recuerda a la Universitat que según un acuerdo normativo de 2013 las horas extra no se han de pagar, como hace la UIB en ocasiones, sino que se han de compensar los excesos de jornada con días libres o reorganizaciones del horario. En este aspecto, la Universitat menciona un acuerdo de 2004 en el que se establecen las condiciones de «colaboraciones complementarias» de los trabajadores de administración y servicios, que prevén que la remuneración por estas tareas se incluyan en la nómina.

Estas son algunas de las «salvedades» que la Sindicatura de Comptes hace a la Universitat en su último informe (que incluye una fiscalización de cumplimiento de legalidad y financiera), aunque en general la opinión del órgano de control «es favorable».

Otro punto sobre el que la SICIB llama la atención a la UIB es su propio control interno de las cuentas. El informe señala que la ejecución, la liquidación y la fiscalización interna no puede recaer sobre una misma persona (el gerente) al ser «algo contrario a la independencia necesaria para el control interno». La UIB replica que se creó el puesto de interventor en 2018, que desde enero de 2019 ya está asignado.

El informe subraya la necesidad de regularizar la situación de las licencias de obras acometidas en el recinto de la Universitat así como la inscripción de todos sus edificios en el registro de la propiedad. En su trabajo la Sindicatura reclama además a la UIB que implemente un sistema de contabilidad analítica como «herramienta imprescindible» para conocer el coste real de los estudios y que el Govern diseñe así «una política de precios adecuada».

Se insta a la UIB a ser más ágil en la publicación de los contratos menores (y hacerlo aportando más información) y también a que las cuentas integren las de las entidades dependientes «para tener una imagen general y evitar la pérdida de información».