Un juez de primera instancia de Palma ha dictado una sentencia, por la que declara abusivos los intereses que un banco aplicó a una de sus tarjetas de crédito que ofrecía a sus clientes. Estos intereses superan el 40 por ciento, que están muy por encima del porcentaje de referencia que fija el Banco de España. Es decir, eran intereses usureros, según señala la sentencia. El banco tiene la posibilidad de recurrir esta sentencia.

El juzgado se pronuncia sobre un producto denominado "tarjetas revolving". Son unas tarjetas que permiten realizar compras y pagarlas a plazos, aunque con altos intereses que, en este caso, superaban el 40%. Con ellas también se puede obtener dinero en efectivo. La clienta de este banco ha ganado la demanda que presentó el gabinete jurídico "Reclama por mí", que basó el caso en la denuncia por los altos porcentajes de intereses que aplicaba el banco por el uso de esta tarjeta de crédito. Esta clienta solicitó un préstamo personal vinculado a la cuenta corriente que tenía contratada con el banco. Era un préstamo a devolver a 24 meses y utilizó el dinero para financiar unas obras de su casa. El banco le aprobó el crédito, a la vez que le propuso que podía utilizar una tarjeta "revolving".

La clienta utilizó esta tarjeta durante más de dos años, aunque consideró que los intereses que le aplicaba el banco eran muy elevados. El interés TIN del producto era del 26% y al final del crédito alcanzaba el 40%.

La sentencia del juzgado de Palma anula el contrato por el uso de esta tarjeta de crédito debido a las condiciones que impuso el banco, que el juez entiende que son exagerados porque alcanzaban el 40 por ciento. Gracias a esta sentencia, la mujer tendrá que abonar únicamente el principal del crédito. El banco tendrá que devolverle todo el dinero que abonó para hacer frente a los intereses. Para resolver el caso, el juez aplica la ley de represión de la usura que se aprobó el año 1908. Aunque no cuestiona el juez que el banco actuó con transparencia al ofrecer este producto, lo que no aprueba es que se firmara un contrato que establecía un porcentaje de intereses, por el uso de la tarjeta, que "casi quintuplica" el tipo medio que se aplica en los créditos al consumo. Es decir, unos porcentajes muy por encima del precio que establece el Banco de España.