Más de siete de cada diez sentencias condenatorias emitidas por los juzgados de lo penal de Balears (encargados de delitos castigados con hasta seis años de cárcel) se dictan por conformidad, es decir previo acuerdo de los acusados en el reconocimiento de los hechos y la reparación del daño causado. Los pactos de conformidad también abundan en la Audiencia de Palma, con cerca de seis de cada diez sentencias condenatorias, lo que reduce la celebración de juicios orales.

La fórmula del acuerdo en los juicios penales se implantó hace algunas décadas, pero al principio fue vista por un sector de la opinión pública como una claudicación del Estado a la hora de dictar Justicia. La rebaja en las condenas fue contemplada como una especie de renuncia del Estado a conseguir una Justicia donde hubiera proporcionalidad entre los delitos y las penas.

Calificación máxima

Con el paso del tiempo este modelo de conformidades ha ido extendiéndose y se aplica en juzgados de lo penal, tribunales de la Audiencia y jurados populares.

Los fiscales, habitualmente y en sus calificaciones provisionales, piden las máximas condenas, si no hay circunstancias atenuantes. Tampoco se pillan los dedos a la hora de imputar delitos a los encausados.

Esta calificación máxima puede modularse en una negociación con las defensas, contactos que suelen producirse cerca de la fecha señalada para la vista oral. Los fiscales buscan satisfacer el interés público y el de las víctimas y acceden a rebajar las condenas aplicando algún atenuante, retirando algún delito o planteando una calificación alternativa que suponga menos pena.

A cambio los acusados tienen que confesar los hechos imputados, indemnizar a los perjudicados o comprometerse a reparar los daños causados.

En condenas privativas de libertad inferiores a dos años también se suele pactar la concesión inmediata de la suspensión de la pena, lo que garantiza al acusado que no perderá su libertad.

Vistillas previas

Para propiciar esas conformidades, y también evitar las suspensiones de señalamientos, los juzgados de lo penal y las salas de la Audiencia están celebrando unas vistillas previas para conseguir pactos o preparar los futuros juicios en cuanto a pruebas, testigos, peritos y calendario.

Estas convocatorias anticipadas han servido para lograr más conformidades y evitar las antaño muy frecuentes suspensiones de juicios.

En 2016 los juzgados de lo penal de Balears dictaron 4.071 sentencias, de las que 3.441 fueron condenatorias y 630 absolutorias.

De las casi 3.500 condenatorias, el 72,1 por ciento lo fueron por conformidad y el resto tras la celebración del juicio oral.

En la Audiencia, hace dos años, se dictaron 351 sentencias, 302 condenatorias y 49 absolutorias. De las condenatorias, el 58,9 por ciento se gestaron por conformidad.

Si se repasan esas cifras, también cabe destacar el bajo porcentaje de absoluciones en las dos instancias. Las sentencias absolutorias son apenas el 13,96 por ciento en la Audiencia y el 15,47 por ciento en los juzgados de lo penal.

Los acuerdos entre las partes tienen que ser supervisados por los jueces, que fiscalizan la adecuación a derecho del pacto.

También cabe hacer referencia al elevado número de sentencias de conformidad que se realizan en las llamadas diligencias urgentes y en los juzgados de lo penal en los supuestos de violencia de género, siendo la pena impuesta en muchos casos la de trabajos en beneficio de la comunidad.