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Alquiler vacacional

Competencia persigue las normativas autonómicas del alquiler vacacional

La Comisión Nacional de los Mercados analizará si impugna las zonificaciones que prevé la ley balear, una vez aprobadas

El fenómeno del alquiler turístico se ha disparado los últimos años en los pueblos y ciudades de Mallorca. guillem bosch

La regulación del fenómeno creciente del alquiler de pisos turísticos por parte de comunidades autónomas y ayuntamientos se ha topado con hasta 5 frentes judiciales promovidos principalmente por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Este organismo dependiente del Gobierno central se ha mostrado implacable cada vez que las autonomías y otras administraciones intentan poner orden en un sector que se ha disparado en los últimos años.

Aunque todavía hay contenciosos sin sentenciar, en algunos casos ya existe pronunciamiento judicial. En las Islas Canarias, donde el gobierno autonómico prohibió el alquiler vacacional en las zonas turísticas e impidió el alquiler de habitaciones de forma separada, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) consiguió que el Tribunal Superior canario obligase a rectificar el decreto que en 2015 había aprobado el Gobierno canario. La sentencia se dictó en abril de 2017.

También la Comunidad de Madrid, en su intento de controlar el fenómeno de los pisos turísticos, se ha visto las caras con la Comisión Nacional que recurrió el decreto autonómico. La norma imponía que los pisos turísticos solamente podían comercializarse por un mínimo de cinco días. El organismo estatal consideró que este precepto creaba un "obstáculo a la competencia efectiva en los mercados" en la medida que "restringe la capacidad de elección del consumidor". A instancias de la CMNC, la Justicia madrileña tumbó esta medida y anuló el límite inferior a cinco noches.

En cambio, en Galicia, el Tribunal Superior de Justicia desestimó en febrero el recurso presentado por el organismo público y, por tanto, validó el decreto aprobado por la Xunta, que limitaba a 30 días el alquiler turístico. Además, la norma gallega apostaba, como la regulación que incluyó el Parlament en la ley de Turismo balear, por que fueran otras administraciones las que limitasen el número de casas y pisos turísticos que pueden comercializarse. En este caso, la Justicia se decantó por el regulador.

No existe todavía pronunciamiento judicial respecto al recurso anunciado contra el decreto aprobado por la Junta de Castilla y León.

La CNMC fundamenta todos y cada uno de sus recursos judiciales en la necesidad de fomentar la libre competencia.

Zonificación

De momento, en el departamento de Territorio del Consell de Mallorca, encargado de la aprobación de la zonificación turística del alquiler vacacional que fija la ley de Turismo aprobada por el Pacto, no tienen constancia de que el organismo estatal haya enviado ningún requerimiento.

Fuentes jurídicas consultadas aseguran que entre otros motivos se trata de una norma genérica que traslada a los consells insulars y al Ayuntamiento de Palma la responsabilidad de concretar dónde y cómo se pueden comercializar viviendas privadas como alojamiento turístico.

El Consell asegura que la zonificación se ha hecho en base a criterios urbanísticos y territoriales y no económicos, con el objetivo de no contravenir la directiva Bolkenstein que promulga la liberalización de los servicios en la Unión Europea.

Territorio estudia actualmente las 43 alegaciones presentadas al proyecto de zonificación de viviendas de alquiler vacacional. Una vez estudiadas, tendrá que pasar por la Comisión Balear de Medio Ambiente. La consellera insular, Mercedes Garrido, pretende aprobar la zonificación "a finales de junio". En cualquier caso, deberá ser antes del 1 de agosto, fecha en la que finaliza la moratoria impuesta por la ley de Turismo.

Sólo Menorca ha aprobado su modelo, y el resto de consells y el Ayuntamiento de Palma aún no lo han hecho. Desde la CNMC lo estudiarán cuando llegue el momento. Si se toma como referencia lo ocurrido en el resto de comunidades, cabe esperar que como mínimo el organismo estatal solicite alguna rectificación.

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