La Audiencia no cree que la infanta Cristina cometiera ningún delito por su vinculación con el instituto Nóos, pero sí abre la puerta a una presumible imputación por delito fiscal y por blanqueo de dinero. A los jueces no les ha convencido en absoluto el informe preliminar que realizó la inspección tributaria, que sirvió de base a la fiscalía Anticorrupción para imputar varios delitos fiscales al duque de Palma y a su exsocio. Los inspectores de Hacienda acusaban únicamente de delito fiscal a Iñaki Urdangarin y dejaban al margen de estas maniobras a su esposa, a pesar de que figurara como propietaria del 50% de las acciones de la empresa Aizoon, que se utilizó para cometer este fraude tributario.

Los magistrados Diego Gómez-Reino y Mónica de la Serna sostienen que la hija del Rey debió plantearse de dónde procedían los ingresos que llegaban a la empresa Aizoon, sobre todo a partir del año 2006, cuando recibe el mensaje de la Casa Real de que debe renunciar a ser vocal del instituto Nóos.

La Audiencia cuestiona que sea la propia Agencia Tributaria la que considere que la empresa Aizoon era una sociedad pantalla que se creó para defraudar a Hacienda y no se plantee si este dato era desconocido por la Infanta, que tenía el mismo porcentaje de acciones que su esposo. Para la sala, la duquesa de Palma "debía saber o conocer" que esta sociedad, que formalmente, dirigía su esposo, se nutrió con los beneficios de contratos ilegales y de dinero público que se logró a través de las facturas que Aizoon giró contra el instituto Nóos.

Para los jueces, no hay duda alguna de que Aizoon cobró dinero ilegal y que los dos socios se beneficiaron a partes iguales, ya que estas cantidades, muchas de ellas procedentes de fondos públicos, no se quedaron en la cuenta de la empresa, sino que se destinaron a gastos particulares, como fue la financiación de las obras de reforma del palacete de Barcelona. Creen los jueces que la hija del Rey, si sabía la procedencia dudosa del dinero que recibía la empresa, tuvo la posibilidad de controlar la gestión de Aizoon y, además, pudo convocar una junta en la sociedad y revocar los poderes que tenía su marido. También pudo exigir que se regularizara la situación tributaria. Sin embargo, no hizo nada para cambiar la situación de la empresa.

Los magistrados hablan de "dinero sucio" y entienden que en cualquier caso debe investigarse si se ha cometido, tanto la Infanta como su marido, un delito de blanqueo de dinero. El auto ordena, precisamente, que los investigadores comprueben si dichas obras de reforma se financiaron con el dinero público que, de forma ilegal, obtuvo el instituto Nóos y traspasó después a la empresa Aizoon. En la resolución dada ayer a conocer, se insta al juez Castro que ordene a los inspectores tributarios que despejen todas las dudas que suscita el informe, sobre todo porque no se ha profundizado en la actuación de la infanta Cristina. No se descarta tampoco que se cite a declarar a los funcionarios tributarios para que expliquen sus conclusiones. Por este motivo, los magistrados dejan en suspenso la posible imputación de la Infanta, limitándola únicamente en los delitos de blanqueo de dinero o fraude fiscal. Actuación que dependerá de las conclusiones que se obtengan en un estudio más profundo sobre la gestión de la duquesa en Aizoon.