El presidente de la Audiencia de Palma, Carlos Gómez, ha asegurado hoy que el acuerdo de los magistrados de lo civil según el cual se suspenderán las ejecuciones hipotecarias si el deudor denuncia abusos contractuales debe ser el criterio común para todos los juzgados de primera instancia de Baleares.

Los jueces de las secciones civiles de la Audiencia provincial resolvieron ayer en asamblea que, hasta que el Congreso adapte la normativa nacional a la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra la Ley Hipotecaria, las apelaciones sobre ejecuciones de hipotecas en las que se denuncien cláusulas abusivas conllevarán la paralización de los procesos de desahucio.

Gómez ha asegurado hoy en rueda de prensa que los pronunciamientos de la Audiencia de Palma, órgano de apelación, no son "jurisprudencia para los jueces de primera instancia", pero estos saben que "es conveniente" ceñirse a los criterios de los tribunales provinciales para evitar recursos automáticos que anulen sus decisiones.

Once magistrados civiles de la Audiencia de Baleares se reunieron ayer en asamblea para analizar el pronunciamiento del Tribunal Europeo según el cual la norma española de ejecuciones hipotecarias vulnera derechos básicos del consumidor y para adoptar un criterio común, algo que acabarán haciendo todas las audiencias de España "porque es necesario", ha opinado el presidente de la de Palma.

"De Europa también nos llega una protección más eficaz de los consumidores", ha incidido Gómez, quien ha recordado que la legislación de la UE prevalece sobre el ordenamiento estatal.

Ha explicado que en la actualidad los jueces ya revisan "de oficio" si un contrato hipotecario sobre cuya resolución hay desacuerdo contiene cláusulas abusivas, que mayoritariamente suelen ser intereses de demora desmedidos o términos de ejecución del desahucio demasiado cortos.

El magistrado ha aclarado que la resolución de la justicia europea no precisa qué cláusulas son abusivas sino que alude al desequilibrio entre las partes y ha señalado, a modo de ejemplo, que la Audiencia ha anulado intereses de demora que alcanzaban el 29 %.

Ha precisado, no obstante, que no hay un criterio fijo sobre qué tipo de interés de demora es abusivo, puesto que cada caso debe analizarse en relación al resto de condiciones del préstamo.

Hasta ahora, ha indicado Gómez, las "causas de oposición" a la ejecución hipotecaria eran "muy restrictivas", pero con la resolución del Tribunal de Justicia de UE se abre la puerta a paralizar los procedimientos de desahucio si el deudor se declara víctima de un abuso por parte de los bancos.

El presidente de la Audiencia de Palma no ha facilitado datos concretos sobre los recursos relacionados con préstamos para la compra de vivienda que atienden las tres secciones civiles provinciales, aunque ha indicado que "cada semana hay cuatro o cinco procesos en los que se analiza si una cláusula en un crédito hipotecario es abusiva o no".