El Tribunal Supremo en su sentencia notificada el lunes ordena, al ratificar el fallo anterior dictado por la Audiencia de Palma, en mayo del 2008, la demolición inmediata de la vivienda unifamiliar que construyó en una finca protegida por su valor paisajístico (ARIP).

La sala segunda de la Audiencia de Palma dispuso que, una vez firme la sentencia, Eugenio Hidalgo "deberá demoler la vivienda unifamiliar construida en la finca de su propiedad, o sufragar los gastos de demolición en caso de que haya de encargarse la administración competente". De esta obligación responderán, añade el fallo de la sala segunda, "con carácter subsidiario y solidario", Jaume Massot y Jaime Gibert.

Hidalgo compró en agosto del 2002, y por 30.000 euros, una finca rústica de Andratx, donde había una pequeña caseta agrícola y que estaba calificada como área rústica de interés paisajístico (ARIP). En el terreno, que se veía desde el mismo Ayuntamiento presidido por Hidalgo, no se podía construir ningún tipo de vivienda, a lo sumo, y previa autorización de la conselleria de Agricultura, allí sólo se podía hace una pequeña ampliación de la caseta, siempre para usos agrícola-ganaderos. Hidalgo, aconsejado por Massot, simuló pedir licencia para ampliar la nave agrícola e, incluso, encargó un proyecto a un ingeniero agrónomo. Luego, obtenida la licencia municipal, se hizo construir en la finca un chalé, de casi 130 metros cuadrados y dotado de planta baja y altillo, baño, dormitorio, antenas parabólicas, porches y una barbacoa.