La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal castiga con multas de entre 600 y 60.000 euros a los que no proporcionen a la Agencia de Protección de Datos la información requerida y que no afecte a aspectos substantivos de la protección de datos.

Estas omisiones son tipificadas como faltas leves. Otras infracciones leves son la desatención de los interesados para cancelar o rectificar sus datos personales cuando así proceda legalmente.