Para Hacienda, las ayudas y subvenciones que reciben los contribuyentes están consideradas como ganancias patrimoniales. Por eso, a la hora de cumplir este año con el IRPF deberemos declarar todas las que hayamos recibido en 2021. Y como tales cuentan las ayudas del Plan Moves III, el programa con el que el Gobierno quiere impulsar transición hacia la movilidad eléctrica y que se traduce sobre todo en ayudas para la compra de coches eléctricos e híbridos.

Así que, si el año pasado hemos sido beneficiarios de estas ayudas del Plan Moves III, deberemos incluirlas en el apartado 'Ganancias patrimoniales' del borrador de la declaración de la Renta.

Esto supone que un parte de la ayuda volverá a manos del Estado, aunque la cantidad dependerá de la cuantía de dinero recibido, la base general del impuesto, el tipo impositivo correspondiente al nivel de ingresos de cada uno o la comunidad autónoma en la que se resida.

A nivel general, esta es la tabla de tributación que establece Hacienda:

  • Ingresos de hasta 12.450 euros: tributan el 19% de lo recibido.
  • Ingresos de hasta 20.200 euros: tributan el 24% de lo recibido.
  • Ingresos de hasta 35.200 euros: tributan el 30% de lo recibido.
  • Ingresos de hasta 60.000 euros: tributan el 37% de lo recibido.
  • Ingresos de hasta 300.000 euros: tributan el 45% de lo recibido.
  • Ingresos de más de 300.000 euros: tributan el 47% de lo recibido.

Así, por ejemplo, si un contribuyente recibió el año pasado 2.500 euros por parte del Estado como ayuda para la compra de un coche a través del Plan Moves III (la cifra fijada para los híbridos enchufables con autonomía eléctrica de 30 a 90 kilómetro sin achatarramiento de otro vehículo), en función de su salario deberá devolver entre 475 euros y 1.175 euros.

¿Cuáles son las ayudas del Plan Moves III?

El Plan Moves III establece diferentes ayudas en función de las características de los coches que se adquieran y de otras variables:

Turismos híbridos enchufables con autonomía eléctrica de 30 a 90 kilómetros y con un precio de venta sin IVA de hasta 45.000 euros:

  • Sin achatarramiento: 2.500 euros
  • Con achatarramiento: 5.000 euros

Turismos 100% eléctricos (EV o BEV) con autonomía eléctrica superior a 90 kilómetros con un precio de venta sin IVA de hasta 45.000, o 53.000 euros para turismos con ocho plazas:

  • Sin achatarramiento: 4.500 euros
  • Con achatarramiento: 7.000 euros

Turismos con tecnología de pila de combustible (FCV o FCHV), sin límite en el precio:

  • Sin achatarramiento: 4.500 euros
  • Con achatarramiento: 7.000 euros