Proyecto de ley
Los autónomos tendrán una deducción fiscal de hasta 5.750 euros por aportaciones a planes de pensiones colectivos
El Consejo de Ministros aprueba un proyecto de ley que también amplía los incentivos fiscales para trabajadores y empresas

José Luis Escrivá. / David Castro
Rosa María Sánchez / Rafa Bernardo
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley de planes colectivos de empleo, que, entre otras cuestiones, mejora los incentivos fiscales para las aportaciones realizadas por autónomos, trabajadores y empresarios. Además, el proyecto de ley crea los planes de empleo de promoción pública.
Autónomos
Según el texto aprobado por el Consejo de Ministros, que aún deberá ser tramitado en el Congreso de los Diputados, los autónomos tendrá una deducción fiscal de hasta 5.750 euros al año por aportaciones a planes colectivos de pensiones. En anteriores borradores, se había barajado una cantidad de 4.250 euros anuales para esta deducción.
El proyecto de ley establece que los autonómos podrán adherirse al plan colectivo sectorial que se desarrolle dentro de su actividad. De este modo, un autónomo de la construcción podría participal del plan de empleo que se negocie en el sector. En todo caso esta opción queda pendiente de un próximo desarrollo reglamentario.
Trabajadores
La Ley de Presupuestos de 2022 fija en 8.500 euros la aportación máxima anual por aportaciones a planes de pensiones de empleo (y la consiguiente deducción fiscal en el impuesto sobre la renta del trabajador). En principio, las aportaciones del trabajador no pueden ser superiores a la de la empresa. Sin embargo, el proyecto de ley aprobado este martes sí pemitirá que para aportaciones de la empresa de hasta 1.500 euros, los trabajadores puedan hacer una contribución mayor.
En particular, para contribuciones de la empresa entre cero y 500 euros, el trabajador podrá multiplicar por 2,5 veces lo aportado por la compañía. Para contribuciones entre 501 y 1.000 euros, podrá multiplicarlo por 2 veces. Si la aportación de la empresa es entre 1.001 y 1.500 euros, el trabajador podrá multiplicar su parte por 1,5 veces. A partir de una aportación empresarial de 1.501 euros, el trabajador realizará la misma aportación.
Así, si la empresa aporta a un plan colectivo de pensiones 500 euros al año a favor de un trabajador (42 euros al mes), este podrá aportar hasta 1.250 euros a ese mismo plan (1.750 euros en total). Si la empresa aporta 1.000 euros al año (83 euros al mes), el trabajador podrá ampliar su parte hasta 2.000 euros (3.000 euros en total). Para una aportación empresarial de 1.500 euros al año (125 euros al mes), el trabajador podrá ampliar su parte hasta 2.250 euros (3.750 euros en total). A partir de 1.501 euros, la aportación deberá ser la misma para cada una de las dos partes, con un máximo de 8.500 euros al año.
Para cada uno de estos casos, además el trabajador tiene a su alcance la posibilidad de aportar otros 1.500 euros al año a título individual (en su plan individual o en el colectivo). Esta cantidad, sumada a la aportación máxima de 8.500 euros al plan de empleo, eleva a 10.000 euros el tope de deducción fiscal para un trabajador.
Empresas
El proyecto de ley de planes de pensiones colectivos de empleo incorpora también un mayor incentivo para los empresarios, respecto de borradores previos. Así, se reintroduce la no cotización de las contribuciones empresariales a la Seguridad Social (que existía hasta 2013) pero ahora con el límite de 115 euros al mes por empleado (1.380 euros al año), para favorecer que se desarrollen los planes colectivos, especialmente entre las rentas medias y bajas, según ha explicado el ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Así, a partir de un tipo de cotización del 28,8% (sobre una cantidad máxima de 1.380 euros al año), el beneficio fiscal para el empresa se eleva a casi 400 euros por trabajador.
Planes de promoción pública
Según el ministro, el objetivo último de este proyecto de ley es "aumentar la población que ahora accede a un plan de pensiones de empleo", como instrumento de ahorro a largo plazo. Para ello, el texto facilita la creación de planes colectivos en el marco de la negociación colectiva y habilita la creación de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública. La comisión máxima de gestión en estos fondos no deberá exceder del 0,3% (frente al máximo del 1,5% en el sector privado) y así quedará plasmado en el reglamento de fondos de pensiones, según fuentes del Ejecutivo, ya que esta referencia no figura en el anteproyecto de ley.
Órganos de gobierno
En su versión definitiva, el anteproyecto de ley incluye modificaciones en los órganos de gobernanza de los fondos de promoción pública. En primer lugar, se han delimitado de forma más precisa las funciones de la Comisión Promotora y de Seguimiento y de la Comisión de Control Especial.
A la primera le corresponderá la selección de entidades gestoras y depositarias, el establecimiento de la estrategia de inversión a largo plazo, la constitución de los fondos de pensiones y el nombramiento de los miembros de la Comisión de Control Especial.
La Comisión de Control Especial se encargará de la representación del fondo, la elaboración de la política de inversión de cada fondo, el control y la observancia del cumplimiento de las normas de los fondos, el examen de la actuación de la gestora y la supervisión de la misma y, en su caso, de la decisión sobre su sustitución. Tras su paso por el diálogo social y los órganos consultivos, se ha mejorado la composición de esta comisión, de una forma más equilibrada, con 5 miembros elegidos por el Gobierno, 4 representantes de los sindicatos y 4 de los empresarios. Con la nueva composición, se persigue la toma de decisiones por consenso entre las partes, exigiéndose mayoría cualificada para algunas decisiones, según el comunicado emitido por el Gobierno.
También se han incluido novedades en el régimen de inversiones, añadiendo referencias a los Objetivos de Desarrollo Sostenible y se han definido con mayor detalle los perfiles de usuarios y funcionalidades de la plataforma digital común.
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