La Magistrada del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca, María Encarnación González López, ha desestimado el recurso interpuesto por los administradores del RCD Mallorca SAD contra la exclusión adoptada por la UEFA del club balear para participar en la Europa League en la presente campaña.

El auto es de 29 de octubre de 2010, confirmaron a Efe fuentes de la RFEF. Tras la primera resolución por parte del Comité Disciplinario de la UEFA el 22 de julio, el Comité de Apelación decidió no admitir al RCD Mallorca SAD en la próxima edición de la Europa League debido a las deudas económicas que tenía con otros clubes.

Los Administradores del RCD Mallorca decidieron no impugnar esta decisión ante el TAS, y acudir en el mes de agosto a los Juzgados de Palma de Mallorca.

El RCD Mallorca pedía, entre otros asuntos, que el Juzgado de Palma de Mallorca se declarase competente para que prohibiese al Villareal FC participar en la Europa League 2010/2011 y que requiriese a la RFEF para no permitir la participación de otro club en la Europa League que no fuese el RCD Mallorca.

Tras conocerse la resolución, el director de los Servicios Jurídicos de la RFEF, Emilio García, dijo que "definitivamente se demuestra que la razón estaba del lado de la RFEF y la UEFA. Un club o SAD que no cumpla con los requisitos económicos para participar en la competición no es un buen compañero para la propia competición deportiva y para el resto de los participantes. No debe tomar parte".

"Se auguraba un nuevo Caso Bosman, y se renunció al TAS para plantear la cuestión ante los tribunales españoles. Ahora, con este auto judicial, se reconoce el grave error de planteamiento, y se postula la especificidad de nuestras normas, y la incompetencia para el conocimiento de determinadas decisiones federativas por parte de los Juzgados de lo Mercantil".