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Conflicto religioso

Un juez: "La comunión no perjudica al niño"

Una madre consigue que la Justicia la respalde en su decisión de que su hijo inicie los cursillos de catequesis, ante la oposición de su expareja

La sentencia dictada en Palma dirime un conflicto entre progenitores por la Religión. miquel massutí

Que un niño celebre la primera comunión no le hace daño alguno él ni a su padre, que se oponía a que participara de este sacramento católico. Así lo concluye un auto de la Audiencia de Palma, que da la razón a la madre, quien tuvo que acudir a los tribunales ante la oposición de su expareja y padre de sus hijos, porque no aceptaba que uno de ellos iniciara los cursos de catequesis para posteriormente comulgar.

La Audiencia, a través de la Sección Cuarta, ha tenido que rectificar la decisión de un juzgado de primera instancia, que no concedió a la mujer la autorización para decidir si su hijo realizaba la comunión y, en consecuencia, tampoco podía asistir a los cursos de catequesis.

La madre, representada por el abogado José Ramón Orta, no se mostró conforme con la decisión del juzgado y decidió recurrir ante la Audiencia, que finalmente le ha dado la razón. La mujer lo que pretendía es que se la autorizara a que el niño acudiera a estos cursillos de preparación, a los que también asistían sus amigos, para que en un futuro pudiera recibir el sacramento. Incluso aceptaba que realizara la comunión cuando fuera más maduro, es decir, cuando hubiera cumplido los once años.

La mujer, para defender sus argumentos, sostuvo que el niño estaba bautizado en la Iglesia católica y acude con frecuencia a las ceremonias que se celebran en la parroquia de un municipio de la part forana. En definitiva, mantenía que el menor se educaba en la fe católica, a pesar de que en el colegio público al que asiste no cursaba la asignatura de Religión, sino de Ética.

El padre, que tiene la custodia compartida de su hijo, no negó en ningún momento que el niño hubiera sido bautizado ni tampoco rechazaba su formación religiosa. De hecho, ni siquiera se oponía a que el menor fuera educado en la fe católica. Lo que no aceptaba es que realizara la primera comunión, por cuanto el niño aún era pequeño y le faltaba la madurez necesaria para conocer el verdadero sentido del sacramento. Es más, el progenitor mantenía que para su hijo la comunión era más un acto festivo que religioso.

El hombre, en definitiva, lo que pretendía era convencer a los jueces de que los cursos de catequesis representaban un adoctrinamiento. Y aunque había sido bautizado, su hijo se criaba en un ambiente laico.

"Las niñas llevan un bonito vestido"

La sentencia de la Audiencia recuerda que la primera comunión es, tras el bautismo, "el segundo acto importante en la vida de los niños católicos". Se trata de una ceremonia que solo se hace una vez en la vida, pero para ello es preciso una preparación a través de los cursos de catequesis. Los niños, habitualmente, celebran la comunión a los nueve años, y normalmente la ceremonia se comparte con otros niños del colegio que tienen su misma edad. La sentencia reitera que la comunión suele ir acompañada de una celebración familiar, "a la que también pueden acudir amigos del niño" y, en el caso de las niñas, "llevan un bonito vestido".

Para el tribunal no tiene sentido que el padre rechace que su hijo participe en este sacramento religioso porque no sería coherente con la vida que seguirá después su hijo. No entienden los jueces que el padre se oponga a la comunión, pero en cambio acepte que sea educado en la religión católica. Que el niño vaya a clase de ética en el colegio no es incompatible para que asista también a las clases de religión, sostiene la sentencia.

Sin peligro para el niño

Los jueces concluyen que no existe razón alguna para denegar a la madre la autorización a que su hijo asista a estos cursos de preparación religiosa, puesto que no se aprecia ni "peligro ni perjuicio para el menor", pese a que ello implica que va a formarse en la doctrina de la religión católica.

Recuerda la sentencia que "es imposible hacer la primera comunión sin realizar previamente la catequesis", de ahí la importancia de estos cursillos.

Los jueces dejan muy claro que no se trata de que el menor tenga la necesidad o no de celebrar la comunión. Se trata, según resalta la sentencia, de "un acto consecuente al bautismo del niño". Pero al margen de que sea la madre quien desea que su hijo celebre la comunión, los jueces llegan a la conclusión de que "no genera daño ni perjuicio alguno al hijo, ni a su padre".

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