Una reciente sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 8 de Barcelona ha anulado una multa de 60 euros del Ayuntamiento de esa ciudad a una conductora que aparcó en un carga y descarga porque la leyenda de esta señal estaba escrita solo en catalán. Un paseo por Ciutat descubre que también aquí las señales que restringen el aparcamiento en determinadas zonas están acompañadas de letreros exclusivamente en catalán, por tanto, ¿son ilegales? ¿se puede dar el mismo caso en Palma?

La jueza de Barcelona recuerda que la legislación vigente obliga a que "las indicaciones escritas de las señales se expresarán al menos en la lengua española oficial del Estado". De lo contrario, sostiene la magistrada, estas señales estarán fuera de la legalidad. El caso podría extrapolarse a Palma y a otros muchos municipios, donde este tipo de indicaciones están exclusivamente en lengua catalana. Mientras para algunos este fallo crea jurisprudencia, para otros, como el Ayuntamiento palmesano, no es relevante y no considera que le afecte...

La sentencia ha tenido reacciones de todo tipo en las redes sociales, después de que el abogado de la conductora la diera a conocer. Más allá de la batalla ideológica de cada uno y de si se está de acuerdo o no en que una breve leyenda escrita solo en catalán impide la comprensión de una señal universal, lo que destaca esta jueza es que esta señal incumple artículos concretos de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, así como el Reglamento General de Circulación, que establece que las indicaciones escritas e inscripciones "figurarán en idioma castellano y, además, en la lengua oficial de la comunidad autónoma".

El abogado Miquel Arrom apunta que si se trata de una sentencia firme, no recurrible (como es esta), crea "jurisprudencia menor" y sin duda supondría "un precedente", aunque no del mismo calado que si se tratara de una sentencia del Tribunal Supremo y fueran varias las sentencias. Pero el letrado también puntualiza que en este caso lo interesante sería que la jueza hubiera reconocido "la indefensión" de la conductora, ya que en ese caso cabría la posibilidad de revisar multas y habría que hablar de "actos nulos revisables", es decir, anteriores multas que podrían anularse.

Sin embargo, y pese a que la demandante alegaba indefensión, el fallo se centra en la ilegalidad de la señal, por su leyenda exclusivamente en catalán.

Preguntado por cómo podría afectar la sentencia a las multas puestas en Palma, fuentes municipales aseguraron que Cort no se siente en absoluto aludido por este fallo y rehusaron opinar sobre las posibles consecuencias. Desde el consistorio palmesano se recordó que "la señaléctica se basa en un lenguaje internacional".

El caso de Inca

Inca

En Inca la situación es diferente. Hace ya más de dos años que su consistorio anunció que sustituiría de forma paulatina las señales de tráfico para que su leyenda estuviera en castellano y en catalán. La decisión la tomaba después de la denuncia de un particular que había sido multado por aparcar en una zona restringida y cuya señalización estaba especificada en catalán. Un informe del secretario municipal y la intervención del Defensor del Pueblo fueron determinantes para este cambio.