En un fallo histórico, el Tribunal Constitucional ha marcado un claro límite respecto a la libertad de información al dictar sentencia contra el uso de cámara oculta con fines periodísticos. El dictamen llega tras el recurso presentado por un 'coach' alemán que ejerce en Mallorca y que fue filmado mediante cámara oculta para dos programas de Antena 3 (Espejo Público y 3D) que perseguían denunciar las pseudoterapias.

El tribunal de garantías ha estimado parcialmente el recurso de amparo de Thomas Hertlein, representando por el abogado mallorquín Jaume Campaner. El magistrado Cándido Conde-Pompidou ha sido el ponente de la sentencia que excluye por regla general el uso de cámara oculto como medio periodístico "al constituir una intromisión ilegítima en los derechos a la intimidad personal y la propia imagen". Se pronuncia en contra de la decisión adoptada por la Sala Civil del Tribunal Supremo, que dio prevalencia a la libertad de información, ya que el Constitucional considera que el método de captación intrusiva "no fue necesario y proporcionado" para averiguar qué tipo de actividad desarrollaba el 'coach' y para aplicar el derecho constitucional a la libertad de información: "Hubiera bastado con realizar entrevistas a sus clientes", concluye la sentencia.

En diciembre de 2010 dos periodistas de Antena 3 acudieron a acudieron al despacho de Hertlein, que se definecomo "'coach', mentor y consultor personal". Los periodistas se hicieron pasar por clientes y fingieron que uno de ellos tenía cáncer y grabaron la visita con cámara oculta. Dos semanas después, se emitieron fragmentos de esa grabación en el programa Espejo Público, en el que hablaron del alemán como un "sanador" que sin tener ninguna titulación relacionada con la salud aseguraba poder curar todo tipo de enfermedades. Además, se le calificaba de "mujeriego" y se mencionaba que en sus terapias incluía "algo más que caricias". La misma cadena emitió otro reportaje más amplio sobre Hertlein en el programa 3D bajo el título: "¿Un falso gurú de la felicidad?".

El 'coach' inició una larga batalla legal aduciendo que se habían vulnerado su derecho al honor la intimidad y la propia imagen. El juzgado de primera instancia número 5 de Manacor fue el punto de partida. La Sala Civil del Supremo dio la razón a los periodistas al considerar que en este caso prevalía la libertad de información ya que el reportaje perseguía denunciar "una actividad de licitud dudosa" y que podía entrañar riesgos para la salud pública. Pero Hertlein quiso agotar hasta el último recurso y acudió al Constitucional, que hoy ha dado a conocer una sentencia histórica que sienta jurisprudencia sobre el uso de cámara oculta para confeccionar reportajes y noticias, un mecanismo de captación intrusiva que el tribunal de garantías cree que por regla general no puede utilizarse al vulnerar los derechos a la intimidad personal y a la propia imagen: "Su utilización podrá ser excepcionalmente legítima cuando no existan medios menos intrusivos para obtener la información".