La sentencia recoge el dato de que la madre que cuida del joven de 22 años, al que su padre quería privar de una pensión de alimentos de tan solo 200 al mes, cuenta con muy pocos recursos económicos.

Según la Audiencia, esta mujer que cuida al joven y le paga los estudios, solo recibe una paga mensual de 559 euros en concepto de renta mínima de inserción.

El tribunal, sin embargo, no entra a analizar esa escasez de recursos de la mujer que apeló la primera sentencia donde se exoneró a su exmarido de pagarle al mes doscientos euros para mantener al hijo común.

La Audiencia no ha condenado en costas ni al padre ni a la madre.