El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha reconocido el derecho a disfrutar de la prestación de maternidad a una mujer que asumió la adopción de un menor que nació a través de una gestación subrogada, es decir, lo que se conoce como vientre de alquiler. Esta mujer, que es una empresaria autónoma de Manacor, ha tenido que presentar una demanda contra la Seguridad Social porque se le denegaba dicho derecho, bajo la excusa de que el caso que ella planteaba no tenía encaje en ninguna de las situaciones protegidas por la prestación de maternidad, que se otorgaba por parto, adopción o acogimiento. Los jueces de Balears, tanto el de primera instancia, como después el Tribunal Superior, le han dado la razón a esta mujer, que podrá disfrutar durante las 16 semanas de la prestación económica que reclamaba.

La situación de esta adopción, a través de una gestación subrogada como el que protagonizó esta mujer, no se había planteado nunca en los juzgados de Mallorca. La mujer es la esposa del padre biológico del menor, que nació hace casi dos años y medio. El niño nació en México, ya que su madre biológica es ciudadana de este país. En la documentación que se tramitó por la adopción del menor, que es varón, se señala que el niño fue inscrito en el registro civil consular de España en México. En este certificado oficial figura el nombre del padre y el de la madre del recién nacido, si bien se señala que esta mujer se muestra dispuesta a renunciar a mantener cualquier vínculo o derecho con su hijo. Al describir el estado civil de los padres del menor, que nació en abril del año 2016, se señala que el progenitor está casado, mientras que la madre está soltera.

Los jueces han acogido los argumentos del abogado Diego Calvo, frente a los de la Seguridad Social, que decidió recurrir la primera sentencia que se dictó sobre esta demanda, en la que se le dio la razón a la madre adoptiva y se le reconoció su derecho a disfrutar de esta prestación social.

Los jueces del Tribunal Superior de Baleares han tenido muy en cuenta que el juzgado de primera instancia de Manacor acordó la adopción del menor a favor de la esposa del padre biológico.

La sentencia señala que la adopción es un supuesto legal previsto y protegido por la Seguridad Social y recuerda que se han aprobado nuevos artículos en la norma que regula estos derechos, que lo que hacen es ampliar las situaciones a proteger, siempre con el objetivo de mejorar la situación del menor.

Los jueces tienen muy claro que la madre adoptiva reclama esta prestación con la finalidad de mejorar la protección que ofrece a su hijo.