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Opinión

A devolver

A devolver

Amenudo me he preguntado cómo es posible que los legisladores, a la hora de redactar el Código Penal, no contemplasen los delitos de corrupción poniendo el énfasis en la necesidad de devolver lo robado. Es obvio que los delincuentes han de recibir pena de cárcel como castigo ejemplar de sus tropelías pero queda pendiente el aspecto de más importancia, si estamos hablando del bien de todos, que es el de recuperar el botín.

Algo que no resulta nada fácil, de acuerdo con el reportaje que aparece en estas páginas. A duras penas se ha logrado cobrar 8 millones de los cerca de 30 a que asciende el saqueo de las arcas públicas y no creo en absoluto que eso se deba a una deficiente capacidad de las instituciones del archipiélago para recuperar lo que era suyo, ni a un problema de carácter de quienes han sido condenados aquí. La razón esencial de que cueste tanto el que los chorizos devuelvan lo que han robado obedece a que les resulta posible aliviar sus penas de prisión aunque no lo hagan. De hecho, y hasta que el código se reformó, el librarse de la cárcel era algo de lo más sencillo sin más que seguir unos cursos de manualidades y portarse de manera digamos normal. Las penas jamás se cumplían más allá del 50% de lo que decía la condena. Pero incluso ahora resulta fácil obtener permisos que, al llegar al llamado tercer grado, convierten el castigo en un remedo. Tampoco se trata de optar por el ensañamiento con los presos pero, siendo tan leve a la postre y en términos relativo el cumplimiento de las penas, ¿cuál es la estrategia mejor para quien está bajo investigación judicial?

Echemos cuentas. Pensemos en uno de esos chorizos que han merecido los honores de portada (es una forma de hablar), desde aquel inefable sujeto que es Luis Roldán al primer banquero que entró en las celdas, Mario Conde, y hasta llegar a los más recientes que aparecen en estas páginas. Imaginemos que ese sujeto hipotético en el que nos vamos a centrar a título de ejemplo ha robado, por poner una cifra redonda, veinte millones de euros por los que recibe pena de cárcel. Ésta, en la mayoría de los casos —y salvo en lo que pueda quedar la prisión permanente revisable, que no parece que vaya a aplicarse en casos de corrupción—, se reduce a los efectos prácticos a 20 años, de los que buena parte cuenta con los beneficios a los que nos referíamos antes. ¿A santo de qué le convendría a un imputado o a un condenado devolver más allá de un importe casi simbólico?

Si no lo hace, va a quedarse. con veinte millones de euros durante los veinte años, si llegan, en que estará preso. Así que, en el caso más desfavorable para él, obtendrá nada menos que una compensación de un millón de euros al año; más de 83.000 al mes, dejando de lado las pagas extras que se pueden cubrir con el pico sobrante. Hay que ser consejero delegado de una compañía de las que cotizan muy arriba en Bolsa para lograr algo parecido y a cambio de trabajar diez horas al día durante toda la semana, sin domingos ni fiestas de guardar.

Un sueldo así sólo por tumbarse a la bartola es la explicación mejor de por qué no se recuperan casi nunca los dineros defraudados. Y por más que se deba entender la cárcel como un instrumento de reinserción, no de castigo, poca enseñanza cívica se le va a dar a alguien a quien le sale tan a cuenta quedarse con lo robado.

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